El Supremo refuerza el disfrute del permiso de lactancia por cualquier progenitor
El Alto Tribunal aclara que puede disfrutarse por cualquier progenitor del menor de nueve meses, con independencia de los derechos que tuviera el otro y de que la madre o el padre no trabaje
El Tribunal Supremo ha aclarado que el permiso por lactancia puede disfrutarse por cualquier progenitor del menor de nueve meses, con independencia de los derechos que tuviera el otro y de que la madre o el padre no trabaje.
La Sala de lo Social ha dictado una sentencia que refuerza el carácter individual del "permiso por lactancia" a partir del caso de un trabajador que en 2018 solicitó el disfrute del permiso por lactancia y la empresa se lo denegó argumentando que la madre no trabajaba, por lo que podía perfectamente asumir su cuidado.
El permiso de lactancia viene regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores que establece que se disfruta de una hora de ausencia al trabajo, o de una reducción de media hora, o de la acumulación en el equivalente de días enteros.
La sentencia señala que pese a su denominación, este permiso está "desconectado de la maternidad" porque la Ley no impone que sea la madre quien lo disfrute, ni que desaparezca cuando uno de los titulares carece de actividad laboral" ya que "la corresponsabilidad en las tareas familiares aconseja una interpretación favorable al ejercicio indistinto del derecho".
Y destaca que incluso bajo la vigencia del artículo 37.4 antes de ser reformado en 2019, la referencia a que este permiso "sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen" legitima para su disfrute a cualquiera de ellos (en nuestro caso, el padre) aunque el otro (aquí, la madre) no esté trabajando, y con independencia de si puede encargarse de atender al menor.
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