El presente Gobierno de Navarra ha tomado la decisión de aplicar de una vez por todas la regulación del sector de porteros de locales de ocio nocturno, que lleva casi 13 años aprobada sin haber sido aplicada por ninguno de los Ejecutivos anteriores. Interior prevé convocar este año las primeras pruebas habilitantes, que comprenden un examen de conocimientos y un test psicológico, que deberán superar todas aquellas personas que quieran trabajar como controladores de accesos.

Un crimen ocurrido en una discoteca de Madrid en 2008, donde un joven murió víctima de una paliza propinada por unos porteros, puso sobre la mesa la necesidad de regular el sector en Navarra a imagen y semejanza de las normativas existentes en otras comunidades autónomas. Este trabajo se materializó en el Decreto Foral 33/2011, de 2 de mayo, que se ha mantenido como papel mojado en muchos de sus aspectos principales hasta ahora.  

Nunca convocadas

De hecho, a las aproximadamente 300 personas que trabajan en el sector a lo largo del año en la Comunidad Foral no se les exige actualmente ningún tipo de requisito, ni habilitación, unas condiciones que sí figuran en el mencionado decreto foral que además prevé la realización de pruebas de conocimiento y psicológicas que no han sido convocadas en ninguna ocasión

Entre los requisitos para desempeñar las funciones de personal de control de acceso a establecimiento, el decreto en vigor establece la obligación de ser mayor de edad, tener la nacionalidad española o la de alguno de los países que integran la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes, y carecer de antecedentes penales.  

Pruebas específicas

Además, impone la obligatoriedad de superar en la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra (ESEN) o en una entidad por ella acreditada las pruebas especificas que se convoquen, consistentes en la realización de un test de conocimiento sobre las materias relacionadas con las funciones propias de su actividad de acuerdo con el programa que figura como anexo en el Decreto Foral 33/2011, así como un test psicológico.

Entre los temas sobre los que se podrá preguntar a los aspirantes a la habilitación figuran la Constitución Española de 1978, el derecho de admisión, los horarios de establecimientos públicos, la normativa sobre menores de edad, la normativa sobre limitación a la oferta de bebidas alcohólicas y tabaco, así como nociones básicas sobre medidas de seguridad en los establecimientos de pública concurrencia, conceptos básicos de primeros auxilios para atender situaciones de asistencia sanitaria inmediata, criterios de actuación en situaciones de peligro para las personas y nociones básicas sobre la tenencia de armas en locales públicos, entre otros.

Moratoria de dos años

Los planes del Departamento de Interior son convocar en esta próxima primavera las primeras pruebas habilitantes, que se celebrarían en torno al mes de octubre. En el decreto foral se establece un periodo transitorio de dos años, durante el cual no sería exigible el cumplimiento de los requisitos dispuestos en el mismo decreto, que empezaría a computarse a partir de la fecha en que se publique la primera convocatoria de celebración de las pruebas, y durante el cual “deberán convocarse al menos en tres ocasiones los exámenes correspondientes a la obtención del certificado acreditativo de la superación de las pruebas”, indica la normativa aprobada en mayo de 2011. 

Además de ordenar las condiciones de acceso y asistencia a actividades de ocio, así como los criterios de habilitación, la normativa también fija las funciones de los trabajadores, entre las que figuran las de vigilar el cumplimiento de los requisitos de acceso al local, controlar en todo momento que no se exceda el aforo autorizado, velar por el correcto funcionamiento de los vestíbulos acústicos de doble puerta, vigilar que las bebidas expedidas en el interior del local no se saquen al exterior, impedir el acceso del público a partir del horario de cierre del local, facilitar las hojas de reclamaciones a quienes las soliciten e informar inmediatamente al personal de vigilancia, si lo tuviera, y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, en su caso, requerir su intervención en relación con las alteraciones del orden público que se pudieran producir.