El profesorado navarro, que tras su jubilación puede seguir colaborando voluntariamente en los centros educativos públicos, va a tener por primera vez asegurada su actividad. El Departamento de Educación ha remitido al Consejo Escolar de Navarra el borrador de orden foral por el que se regula esa colaboración y en la que se les reconoce el derecho a estar cubiertos por la Póliza de Responsabilidad Civil General del Gobierno foral en el transcurso de las actividades que le hubieran sido encomendadas por la dirección del centro.
La presencia en muchos colegios e instituos de docentes jubilados que voluntariamente siguen aportando su trabajo y su experiencia en actividades diversas es una constante en la educación navarra. Esos eméritos nunca habían tenido una normativa que regulara su desempeño y, sobre todo, que les garantizara derechos básicos para asegurar su presencia y actividad. Ahora, por primera vez, Educación ha elaborado un borrador de orden foral en el que, además de definir esos aspectos, se regula la Red de la Experiencia constituida por el profesorado jubilado.
El profesorado constituye uno de los pilares básicos sobre los que se ha construido el sistema educativo navarro. Sin embargo, el incremento en el número de jubilaciones en los últimos años ha supuesto la pérdida de un valor añadido para la transferencia del conocimiento acumulado por su dilatada experiencia.
El Departamento de Educación considera fundamental apreciar y reconocer la labor ejercida por el profesorado jubilado y adoptar decisiones que normativicen la colaboración voluntaria del mismo en la vida de los centros educativos públicos , al objeto de no prescindir de sus conocimientos y su experiencia. De modo recíproco, el Departamento considera que el profesorado jubilado puede verse beneficiado al entrar en comunicación con otras generaciones, así como ver reforzada su autoestima mediante la participación directa en actividades de indudable utilidad para la sociedad.
No remuneradas ni sustituir a otros profesores
Para contar con la colaboración voluntaria del profesorado jubilado en diversas actividades, las direcciones de los centros deberán solicitarlo al Departamento en junio del curso académico inmediatamente anterior al que se fuera a desarrollar la actividad. Con carácter previo, la dirección del centro deberá informar al Consejo Escolar, que deberán aprobar la idea.
Las actividades del profesorado emérito no tendrán carácter remunerado ni conferirán derecho a ocupar puestos de trabajo y, en caso de implicar relación directa con el alumnado en el horario lectivo, serán realizadas siempre bajo la responsabilidad directa de una o varias profesoras en activo encargados de la actividad, docentes que deberán estar presentes en el transcurso de la misma. No obstante, los gastos que pudieran derivarse de su participación en una actividad que le hubiera sido asignada por el equipo directivo con el que colaborase serán asumidos por el propio centro.
Como requisito para participar, el profesorado jubilado debe de haber trabajado en algún centro público navarro, con independencia de su lugar de residencia, o residir en Navarra, aun cuando los servicios se hubieran desempeñado en centros públicos de otra CCAA.