La titular del Juzgado de Instrucción nº1 de Pamplona ha decretado este sábado prisión provisional comunicada y sin fianza para J.R.U., el autor de los disparos que hirieron en la noche del miércoles en la localidad navarra de Zizur Mayor a A.M.M., de 42 años y de origen dominicano, al considerar que existen indicios suficientes para imputarle un delito de homicidio en grado de tentativa.

La jueza recoge en el auto de prisión las declaraciones testificales que obran en el atestado policial y que "acreditan indiciariamente" que J.R.U., de 50 años y vecino de Zizur Mayor, disparó con un arma en cuatro ocasiones a la víctima en los alrededores de la Ronda San Cristóbal de la localidad.

"No me mates, no me mates, no tengo droga"

Según consta en el atestado policial, estos testigos le habrían visto "portando el arma de fuego, al lado de la víctima, instantes después de suceder los hechos". Asimismo, habrían observado al los dos varones correr, uno detrás del otro, momento en el que "uno de ellos disparó contra el otro", momento en el que la víctima habría exclamado: "No me mates, no me mates, no tengo droga".

Como consecuencia de los disparos, A.M.M. tuvo que ser ingresado en UCI del Hospital Universitario de Navarra (HUN) presentando politraumatismos, múltiples lesiones y varias heridas de bala, una en la zona del hígado, otra localizada en la pared costal derecha y otra herida de bala localizada en la columna vertebral.

Riesgo de fuga

La jueza considera que los hechos son presuntamente indiciarios de un delito de homicidio en grado de tentativa del artículo 138 del Código penal, castigado con penas superiores a los dos años de prisión. En cuanto a los motivos que fundamentan la prisión provisional, el auto apunta al riesgo de fuga del acusado, que se ha negado a declarar: "Se asegurará (con la medida adoptada) la presencia del investigado en el acto del juicio que pueda celebrarse, infiriéndose el riesgo de fuga de la entidad de las penas que pudieran imponerse así como de que el investigado no ha querido declarar, por lo que se desconoce la entidad de su arraigo social y familiar".

Con esta medida se busca, además, "evitar que pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima, contra cuya vida atentó hace esacasamente tres días, no existiendo otras medidas menos gravosas e igualmente eficaces para alcanzar los citados fines".

Contra la medida cabe interponer un recurso de reforma en el plazo de los tres días siguientes a su notificación y/o recurso de apelación, dentro de los cinco días siguientes a su notificación o subsidiariamente con el de reforma.