La Sección Tercera de la Audiencia de Navarra, especializada en temas civiles, ha revocado una sentencia condenatoria de 418.349 euros dictada contra el seguro de una casa rural de Navarra por la caída mortal que sufrió un hombre por la ladera de un pinar del establecimiento cuando iba a recoger una pelota despedida del frontón.
La jueza estimó que la casa tenía una responsabilidad objetiva en dicha caída porque se debió a que una manguera no soterrada sobresalía tres centímetros del césped o a que se tropezó en lo alto de la ladera por existir un desnivel, es decir que la causa del accidente era previsible y se tenía que haber controlado el riesgo con una valla o perímetro. El suceso ocurrió en el verano de 2020 en un fin de semana en el que un grupo de amigos había alquilado la casa e incluso dio origen a unas diligencias penales que fueron archivadas.
"Las causas del siniestro no están claras"
Sin embargo, la Audiencia considera que en este caso, en el que el fallecido cayó unos 15 metros ladera abajo y se golpeó la cabeza contra un árbol, por una pendiente del 30% y con una sandalia que se rompió por dos puntos de sujeción, la responsabilidad no puede imputarse a la casa rural por no adoptar medidas de protección. Entiende que las causas del siniestro no están claras, que puso ser un tropezón de bruces y que en cualquier caso la caída fue accidental sin que intervinieran los elementos señalados en la demanda. "Con independencia de que propiamente no puede tropezarse con un desnivel, aunque pueda provocar la pérdida del equilibrio, en la demanda sólo se alega que la caída había sido causada por el trozo de manguera que sobresalía 3 cm, por lo que era el único hecho que podía justificar el título de imputación", y ese hecho no ha quedado demostrado, dice la Audiencia, por lo que revoca la condena. Estima que para justificar la caída cabían ambas alternativas, la goma y el desnivel, aunque la demanda solo se centrara en la caída motivada por la manguera.
Sandalia rota
La Sala añade que "no quedaron rastros del tropezón en la manguera (la goma de la manguera no se levantó del suelo ni se desenterró), al romperse dos puntos de sujeción de la sandalia lo más probable es que hubiera quedado en ese lugar al desprenderse del pie, o tenido su propia trayectoria, diferente a la del fallecido, sin que pueda descartarse, tampoco, que éste hubiera "caído de bruces", dada su constitución física, en lugar de precipitarse 15 metros ladera abajo".
Un amigo del fallecido fue testigo de la caída y afirmó que al llegar este a la ladera fue como si desapareciera de repente, a lo que la Audiencia añade que este efecto igualmente se habría producido de haber "tropezado" con el desnivel y no solo con la manguera.