La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona ha decretado este miércoles el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del vecino de Zizur Mayor F.A.F.B., de 85 años, como autor del asesinato de su esposa, Mercedes Bezunartea Valencia, de 78 años.

El hombre, que fue detenido este martes por la Guardia Civil y que está diagnosticado de alzhéimer, no ha declarado ante la jueza, que a la vista de las contradicciones existentes entre su testimonio inicial sobre lo ocurrido y la escena de los hechos, ha decretado su encarcelamiento a instancias del Ministerio Fiscal.

Los hechos ocurrieron este martes en el domicilio del matrimonio ubicado en el número 153 de la Ronda de San Cristóbal de Zizur y fue el propio marido de la víctima quien llamó a SOS Navarra para comunicar que su esposa, que padecía párkinson, había fallecido. Los agentes de la Policía Local que acudieron inicialmente encontraron a la mujer con un golpe en la cabeza y derivaron el caso a la Guardia Civil, que detuvo al hombre como autor de un supuesto delito de homicidio, una calificación provisional que la jueza ha elevado este miércoles a delito de asesinato.

En al auto de prisión, la magistrada advierte que “esta calificación inicial resulta coherente con las circunstancias que, no obstante la incipiente instrucción, se reflejan en el atestado aportado, habiéndose acogido el investigado a su derecho a no declarar”. Añade que “el severo horizonte penológico al que se enfrenta el investigado hace razonable adoptar las medidas precisas para evitar su sustracción a la justicia, habiéndose de considerar, señaladamente, el concurrente peligro fundado y concreto de ocultación, alteración o destrucción de fuentes de prueba por parte del investigado”.

Incoherencia del relato

Al respecto, señala que “queda constancia del informe emitido por SOS Navarra sobre la llamada telefónica realizada por el investigado, en la que daba cuenta del fallecimiento de su esposa a las 10.08 horas. Poco después, a las 10.46 horas, el referido centro recibió llamada del facultativo que asistió al domicilio en la que dejaba constancia de la incoherencia del relato del investigado con la situación del domicilio, por lo que se acordó la judicialización del fallecimiento”.

La personación en el lugar de la comitiva judicial “no atenuó sino que subrayó tales incoherencias, al encontrarse el cadáver de la mujer en posición de decúbito supino sobre la cama más próxima a la ventana, con los brazos entrelazados, circunstancias incongruentes con la pretendida caída accidental que refirió el investigado que su esposa habría sufrido al ir al baño”. Al contrario, el rostro de la víctima presentaba “una lesión compatible con un traumatismo en la región craneal con aparente fráctura ósea, indicios coherentes con un violento golpeo con un objeto contundente, producido probablemente en la cama”.

Almohada ensangrentada

La jueza destaca “el hallazgo en un contenedor amarillo próximo al domicilio de abundantes restos de sangre (almohada y su funda, pañal, botiquín con medicinas...) que darían respuesta a la extrañeza de los profesionales intervinientes ante la falta de restos de sangre en el propio lugar de los hechos”.

En cuanto a “las eventuales dudas que en relación con el alcance de la imputabilidad del investigado por causa de su avanzada edad pudieran concurrir”, afirma que “resultan inatendibles al haberse aportado informe médico del detenido elaborado tras su ingreso en el Hospital de Navarra, informe que deja constancia de la práctica de un conjunto de pruebas (incluido un TAC craneal), cuyo resultado da lugar a un juicio clínico en el que no se objetiva patología urgente alguna en el momento de la práctica, la cual se ha llevado a efecto con inmediación temporal al presunto delito”.