Dio una tasa de 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado después de estrellar su coche contra dos vehículos aparcados en Ansoáin. Además, las tres personas que viajaban con ella resultaron lesionadas. Sin embargo, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona ha archivado la causa contra ella porque los agentes intervinientes no apreciaron que mostrase síntomas de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, ni que el accidente fuese provocado por la ingesta de las mismas.

Los hechos ocurrieron sobre las 1.30 horas del 16 de noviembre de 2021, en el cruce de la calle Larragueta y Ermitapea. El turismo conducido por una vecina de Ansoáin, de 24 años, en el que viajaban otras tres personas, colisionó contra un turismo estacionados en el lugar, que a su vez impactó contra el situado a su lado. Ambos sufrieron daños materiales de importancia.

Además, dos de los ocupantes del turismo causante de la colisión fueron evacuados en ambulancia con dolor en el hombro y en una muñeca, mientras que el tercero acudió posteriormente por sus propios medios a un centro sanitario con lesiones en la barbilla. Los agentes de la Policía Municipal de Ansoáin realizaron dos pruebas etilométricas a la conductora, que arrojó los resultados de 0,60 mg/l.

APLICACIÓN DE LOS MÁRGENES DE ERROR

Frente al atestado de la Policía Local de Ansoáin, el abogado Francisco Javier Moreno-Vidal, en representación de la conductora implicada, alegó que la tasa positiva arrojada (0,60mg/l de aire), aplicados los márgenes de error de los etilómetros, no está dentro de los límites objetivados por el artículo 379 del Código Penal.

Además, a la vista de las diligencias practicadas por los agentes de la Policía Local de Ansoáin, la joven no mostraba síntomas de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, ni se concluyó que el accidente fuese provocado por la ingesta de las mismas. Tras estudiar el atestado, y las alegaciones realizadas por el abogado de la conductora, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona ha dictado recientemente un auto de sobreseimiento del procedimiento contra el que no cabe recurso.