El Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona ha condenado a un conductor de 29 años de edad a una pena 9 meses de prisión como autor de un atropello con fuga a un varón en una calle de Ansoáin. Asimismo, la jueza acuera la retirada del carné de conducir por un periodo de dos años.

La sentencia indica que, por conformidad de las partes, se declara probado que sobre las 20.30 horas del 6 de julio de 2023, el acusado circulaba con una furgoneta de su trabajo por la avenida de Villava, donde a la altura del número 3 de la citada vía un peatón estaba cruzando la calzada con su hijo menor, de izquierda a derecha según el sentido de la marcha del vehículo, y al llegar a la mediana central se detuvo.

En ese momento, el acusado redujo la velocidad del vehículo y el peatón empezó a cruzar el carril cuando sorpresivamente el acusado, “ignorando las más elementales medidas de cuidado, aceleró la furgoneta y golpeó con su parte delantera lateral izquierda al hombre que fue desplazado por el aire y cayó después sobre la calzada”.

Tras producirse el atropello, el acusado se detuvo unos instantes, “una vez sobrepasado el paso de peatones, pero no paró el vehículo, ni se bajó para auxiliar a la víctima sino que abandonó el lugar”. El peatón, representado por el abogado Francisco Javier Moreno-Vidal, tuvo lesiones consistentes en policontusiones con dolor en maleolo externo de tobillo derecho a la palpación, dolor en rodilla derecha a la movilización, lateralización externa y palpación de interlínea interna, lumbalgia y cervicalgia derecha, que precisaron para su curación de tratamiento médico y que le han supuesto 34 días de pérdida temporal de la calidad de vida básico y un día de pérdida temporal de la calidad de vida moderado, con diversas secuelas.

La magistrada condena a 3 meses de prisión al acusado como autor penalmente responsable de un delito de lesiones por imprudencia grave, y a un año de privación del derecho a conducir vehículos a motor. Asimismo, le impone 6 meses de prisión como autor de un delito de abandono del lugar del accidente, y a otro año de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.

La juez determina que en el caso concurren las condiciones exigidas para suspensión de la pena privativa de libertad impuesta en la presente causa, por cuanto la pena no es superior a dos años y el penado carece de antecedentes que lo impidan. Por lo tanto, se acuerda la suspensión de la pena privativa de libertad por un plazo de dos años, condicionada a que durante un periodo de dos años no vuelva a delinquir.

El proceso judicial se inició con la denuncia interpuesta por la víctima del accidente, que dio lugar a una investigación por parte de la Guardia Civil para la identificación del autor del atropello. Fue el propio varón atropellado quien pudo aportar el número de la matrícula de la furgoneta implicada.

Tras las diversas gestiones, incluida la toma de declaración a varios testigos presenciales del atropello, la Guardia Civil pudo identificar al hombre que conducía la furgoneta que arrolló al denunciante.