pamplona - La Comisión Internacional de Juristas, con sede en Ginebra, rechazó la sentencia del juicio al procés y reprochó que el Tribunal Supremo, con una amplia definición del delito de sedición, “restringe excesiva e ilegalmente los derechos de libertad de expresión, asamblea y asociación”. La comisión, integrada por 60 eminentes jueces y abogados de todo el mundo que promueven la protección de los derechos humanos, considera que las condenas representan una interferencia en el ejercicio de la libertad de expresión y asamblea y sostiene que recurrir a la sedición para restringirlos “es innecesario, desproporcionado e injustificable”, según el asesor de la comisión en Europa y el Asia, Massimo Frigo.

El portavoz expresó su preocupación por el hecho que “el Tribunal Supremo no haya tenido totalmente en cuenta las obligaciones de España bajo el derecho internacional con los derechos humanos en su consideración del cargos contra estos acusados, hecho que socava seriamente sus condenas”. “La interferencia con la expresión y protesta política pacífica es inaceptable, salvo determinadas circunstancias en las que sea estrictamente necesario y proporcionado por razones convincentes como la seguridad nacional”, afirmó Frigo, quien insistió en que el crimen de sedición es un tipo penal demasiado vago y amplio, que permite violaciones de derechos humanos.

protestas También avisó de las consecuencias del fallo en futuras movilizaciones: “Sienta precedente a nivel internacional al ser una corte tan respetada como Tribunal Supremo. Crea un ejemplo muy grave, por la influencia en otros países. Es ir hacia atrás, no progresar en la protección de derechos humanos, y eso puede inspirar de manera negativa la jurisprudencia de otros países”.

La responsable del área de litigios del Centre Iridia, Anaïs Franquesa y el jurista de Red Jurídica Daniel Amelang coinciden en que la sentencia cae en una desproporcionalidad importante entre los hechos juzgados y las condenas fijadas “al calificar una desobediencia masiva, que en cualquier caso es un ejercicio excesivo del derecho de manifestación, como una sedición”. - D.N.