PAMPLONA - El abogado de los cinco miembros de La Manada, Agustín Martínez Becerra, presentó ayer su recurso en el Tribunal Supremo contra la condena de nueve años de cárcel para sus representados. El recurso se basa, entre otras cosas, en la presión mediática que habría tenido el tribunal a la hora de juzgar a los cinco jóvenes sevillanos, condenados en abril de 2018 a nueve años de prisión por abusos de una joven de 18 años en los Sanfermines en 2016.

Para Martínez, las sentencias de la Audiencia Provincial de Navarra y del Tribunal Superior de Justicia de Navarra se dictaron lo “bajo una presión mediática que entendemos que podría dar lugar a la nulidad, teniendo en consideración que la presión se personalizó en algunos elementos del tribunal”. Así, “por mucho que la sentencia diga que no le afecta, en muchísimos aspectos sí existía esa presión y se deja ver en la resolución”.

Pero además, el letrado basa su recurso en “el nuevo criterio del Supremo y el Constitucional en torno a la jurisprudencia”, sosteniendo que la declaración de la víctima “no reúne ni pasa los filtros exigidos por ese criterio. Entendemos que hay ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del testimonio y persistencia del mismo”, cita el letrado en el recurso.

TIPIFICACIÓN PENAL Martínez asegura también que “el principio acusatorio de abuso sexual con prevalimiento no se dilucidó”, explicando que “el principio de homogeneidad descendente hace que alguien acusado por un delito de agresión sexual lo pueda ser por abuso, pero lo que no puede afectarse es al hecho del prevaleciente como un elemento distinto que aparece de forma sorpresiva en la sentencia”. El letrado entiende, por lo tanto, que sus defendidos tendrían que haber sido acusados de abusos en el proceso, no ser señalados como culpable de los mismos tan sólo en la sentencia.

Por eso, se apoya en que el hecho de que los cinco componentes de La Manada fuesen acusados de abuso sexual no entra en la lógica planteada en el juicio, ya que “ni la acusación ni el Fiscal usan el prevalimiento en la vista”. - Efe