pamplona - El departamento de Salud del Gobierno foral apostó ayer por “recurrir” las dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) que anulan tres artículos de la normativa foral que regulan, entre otras cuestiones, la posibilidad de que los equipos de Atención Primaria puedan estar dirigidos y coordinados por un diplomado sanitario.

No obstante, desde el departamento apuntaron que la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo “compete a la asesoría jurídica” de Presidencia, que “tendrá que estudiarlo”. Asimismo, aseguraron que “mientras no haya decisión firme” las seis enfermeras que actualmente están al frente de los centros de salud de Burlada, Buztintxuri, Elizondo, Doneztebe-Santesteban, Salazar, Viana y Villatuerta se mantendrán en sus puestos. El departamento, que mantiene la postura de que “lo determinante no es el perfil sino la competencia”, también explorará “vías de acuerdo a nivel autonómico y estatal para sustentar con seguridad jurídica un enfoque de equipo multidisciplinar en la gestión sanitaria”.

modificar la normativa La práctica totalidad de las 5.660 enfermeras navarras -representadas por el Colegio de Enfermería, el grupo Nursing Now Navarra, que engloba a todos los centros y niveles asistenciales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y a los principales centros sanitarios privados, así como a las dos universidades, y siete sociedades científicas- consideró ayer “inaceptable” y “un grave retroceso” que solo los médicos y las médicas puedan acceder a las direcciones de los equipos de Atención Primaria, tal como sostienen las sentencias del TSJN. Por ello, instaron tanto al Gobierno foral como al Estatal a que “modifiquen la normativa para que se adapte a la realidad actual de la atención sanitaria”.

Como recordó el Colegio de Enfermería, el TSJN volvió a anular tres artículos de la normativa foral que regula, entre otras cuestiones, la posibilidad de que las enfermeras dirijan centros de salud. Esta situación quedó permitida tras la aprobación del Decreto Foral 54/2018 por el que se modificaban los Estatutos del SNS-O. El Sindicato Médico y el Colegio de Médicos recurrieron el decreto alegando, entre otros motivos, que no se podían otorgar facultades y funciones que, por norma con rango de ley, se reservan exclusivamente a los médicos y médicas, como son las de coordinación de actividades y dirección. Tanto el Gobierno como el Colegio de Enfermería y el Sindicato de Enfermería SATSE se opusieron a la demanda, pero el TSJN les dio la razón.

Para las profesionales navarras de Enfermería, es “muy difícil de entender a día de hoy, cuando las enfermeras han alcanzado su pleno desarrollo académico, encontrar todavía barreras de este tipo, propias de tiempos anteriores. Más todavía, cuando la realidad demuestra la competencia de las enfermeras para dirigir centros de salud, cargo que ejercen en seis de ellos, elegidas en la mayoría de los casos por consenso del equipo”. Destacaron también que dirigen “trece residencias geriátricas”, que al frente de Osasunbidea está un enfermero o que una enfermera es la directora gerente de Salud Mental, pero “ahora mismo ninguno de los dos podría dirigir un centro de salud”.

Así, tras recordar que esta titulación “incorpora la asignatura de Gestión de manera obligatoria y específica desde hace 30 años, a diferencia de los estudios de Medicina en los que se incluyó posteriormente y de modo desigual”, las enfermeras navarras consideraron “imprescindible” modificar la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias o el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud para que “se adecuen al desarrollo académico y profesional logrado por la Enfermería en nuestro país”.