Las restricciones impuestas a la movilidad y el contacto social a causa de la pandemia de covid-19 harán que la celebración de estas Navidades sea distinta a la de años anteriores, tanto en la asistencia a actos al aire libre como en las reuniones familiares en los domicilios.De momento, para las comidas y cenas de las fechas más señaladas de estas Navidades, se permite la reunión de un máximo de diez personas de dos unidades convivenciales, aunque la situación es cambiante y el Gobierno de Navarra podría decretar medidas más restrictivas durante las fiestas si aumenta el número de contagios.

Limitación de movimientos

Se restringe la movilidad nocturna, entre las 23,00 horas y las 6,00 horas del día siguiente. Las noches del 24 y del 31 de diciembre se permite la circulación por las vías o espacios públicos de la Comunidad Foral hasta las 1:30 horas para el retorno a casa después de haber cenado fuera del domicilio.

Se mantiene el confinamiento perimetral de Navarra salvo desplazamientos justificados por asistencia a centros sanitarios y docentes; trabajo; retorno al lugar de residencia habitual; cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad y vulnerables; equipos deportivos para competiciones profesionales u oficiales de primer y segundo nivel; deportistas de alto nivel para competiciones; y por fuerza mayor.

Del 23 al 26 de diciembre, y del 30 de diciembre al 2 de enero se permite la entrada y salida de Navarra para visitar a familiares o allegados. Para ello es necesario cumplimentar y llevar impresa una declaración responsable.

La circulación por carreteras y viales que atraviesen Navarra está permitida si el origen y el destino están fuera de la comunidad.

Transporte

Se reduce al 50 % la ocupación de los vehículos del Transporte Urbano de la Comarca de Pamplona.

El servicio nocturno en las noches del 24 y del 31 de diciembre será eliminado.

Como en años anteriores, en Nochebuena y Nochevieja los autobuses harán su última salida de las paradas de origen en torno a las 21:00 horas. Además, el servicio diurno del día de Navidad comenzará a las 10:00 horas.

Reuniones en el ámbito público y privado

Se limitan a un máximo de seis personas las reuniones en el ámbito público, excepto en el caso de convivientes. Se debe utilizar mascarilla y garantizar la distancia mínima de 1,5 metros.

En el ámbito privado las reuniones quedarán limitadas a un máximo de seis personas de dos unidades convivenciales distintas.

En las reuniones con familiares o allegados para celebrar las cenas y comidas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y del 1 de enero el número máximo de personas será de 10 de dos unidades convivenciales.

Comercio y hostelería

Se podrá consumir en el interior y en las terrazas exteriores de bares, restaurantes y establecimientos de restauración, manteniendo la distancia interpersonal de 1,5 metros en mesas de un máximo de cuatro usuarios (excepcionalmente de 6 si se puede garantizar dicha distancia). En el interior el aforo máximo es del 30 %. Hay que llevar la mascarilla puesta siempre, salvo justo en el momento de beber o comer. Podrán abrir hasta las 22,00 horas.

Los bingos, salones de juegos, apuestas y recreativos podrán abrir con un aforo máximo del 30 %. El horario de cierre será las 22:00 horas.

En hoteles y alojamientos turísticos el aforo de las zonas comunes es del 50 %. En albergues con habitaciones individuales el aforo es del 50 % y con habitaciones con literas, del 30 %.

En el comercio minorista el aforo es del 50 % y podrá abrir hasta las 21:00 horas.

Los centros o parques comerciales no podrán superar el 40 % del aforo en cada uno de los locales situados en ellos. No se podrá permanecer en las zonas comunes ni el uso de zonas recreativas.

En los mercadillos, los puestos deberán estar separados frontalmente por 4,5 metros y lateralmente por al menos 1,5 metros, o en su defecto estar separados por elementos aislantes. Se garantizará la distancia interpersonal de 1,5 metros.

Celebraciones

En los lugares de culto no se puede superar el 30 % del aforo máximo, sin superar las 150 personas. Es necesaria mascarilla y deberán garantizarse 2,25 metros cuadrados por persona.

En las bodas, comuniones, bautizos, confirmaciones y otras celebraciones religiosas o civiles no se superará un 30 % del aforo y deberán garantizarse 2,25 metros cuadrados por persona. En las celebraciones, tras la ceremonia, en establecimientos de hostelería y restauración se respetará la separación de 1,5 metros, con un aforo máximo de 12 personas en el interior y de 20 en el exterior. No se podrá utilizar la pista de baile.

En los velatorios la concentración de personas se restringe a 25 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados. En ningún caso la comitiva podrá superar las 25 personas.

Está prohibido el botellón y actividades similares.

Centros residenciales y clubes de mayores

Se autorizan las visitas de familiares y allegados a las residencias de mayores y de discapacidad, una vez a la semana y con cita previa (30 minutos de duración en el caso de mayores y 60 minutos para las personas con discapacidad). En ambos casos se autoriza el acompañamiento simultáneo de dos personas de la misma unidad de convivencia. Se permiten salidas de residentessalidas de residentes cumpliendo los protocolos preventivos.

Los centros de día y estancias diurnas no pueden superar el aforo del 75 %. Los clubes de mayores tienen un aforo del 30 %.

Peñas y sociedades

Las peñas y sociedades gastronómicas permanecerán cerradas.

Los establecimientos con espacios multifuncionales para eventos pueden abrir, excepto para aquellas actividades que supongan celebraciones familiares o sociales con consumo de comida o bebida, que estarán prohibidas.

Las bajeras y piperos no pueden abrir.

Centros educativos

La mascarilla es obligatoria para docentes y alumnado a partir de primero de Primaria. En Infantil solo en entradas y salidas, patios, baños, etc. Hay horarios escalonados de entrada y salida, y en el comedor.

En el recreo, se establecen zonas delimitadas de juego para cada aula y no se permiten juegos con balón y de contacto.

Actividades culturales

En museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales el aforo es del 50 % y las actividades guiadas serán en grupos de hasta 12 personas. Se permitirá la realización de inauguraciones y acontecimientos sociales con aforo del 50 % y asientos preasignados siempre que no haya servicio de restauración. Si son de pie, el aforo se calcula teniendo en cuenta 3 metros cuadrados por persona. Podrán abrir hasta las 21:00 horas.

En las bibliotecas el aforo es del 50 %. Podrán realizarse actividades para público infantil en biblioteca y ludotecas en grupos máximos de seis personas. Podrán abrir hasta las 21:00 horas.

Los cines, teatros y auditorios podrán desarrollar su actividad contando con butacas preasignadas, hasta el 50 % del aforo. En todo caso, no se podrán superar las 200 personas. Se prohíbe el consumo de alimentos y bebidas. Podrán abrir hasta las 22:00 horas.

Para las actividades culturales y de ocio al aire libre el aforo es del 50 %, con un límite de 400 personas. El horario máximo de apertura se establece en las 21:00 horas.

Actividades deportivas y al aire libre

Los centros deportivos no pueden superar el 30 % de aforo para actividades de interior y del 40 % para el exterior. No se podrán utilizar vestuarios, duchas y fuentes, saunas, jacuzzis o similares. La actividad deportiva en gimnasios deberá realizarse con cita previa. Las actividades deportivas profesionales se realizarán sin público.

Otras situaciones

No se permiten los tradicionales olentzeros, cabalgatas de reyes, desfiles, pasacalles, carreras de "San Silvestre" y celebraciones en las calles con público presente y el consiguiente riesgo de aglomeración.

Los mercadillos navideños al aire libre, exposiciones de belenes y celebraciones navideñas en formato no tradicional deberán ser expresamente autorizados por la autoridad sanitaria local.