- El Gobierno de Navarra dio ayer a conocer las diversas medidas preventivas frente a la covid-19 que estará vigente desde hoy y durante las próximas semanas, con diversas referencias al deporte.

Las nuevas normas flexibilizan algunas de esas medidas, con la principal novedad de permitir el regreso del público a las competiciones deportivas, con un máximo de 200 personas en pabellones y 400 en instalaciones al aire libre, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido.

Desde que Navarra se paralizó en marzo por el confinamiento estricto de toda la población, no ha habido público en las competiciones deportivas, con la única excepción de un partido de fútbol sala en el pabellón Anaitasuna, a modo de prueba.

Estos son las normas que se van a aplicar hasta nueva orden:

Hasta 400 espectadores

Las medidas que deben cumplirse en las actividades e instalaciones deportivas son las siguientes:

- No se permitirá el uso de vestuarios, duchas, fuentes, saunas, baños turcos, o similares.

- Únicamente se permitirá el uso de vestuarios en la práctica de actividades fisco-deportivas dirigidas, así como en los entrenamientos y competiciones autorizadas.

- El uso de duchas se permitirá, exclusivamente, en las competiciones autorizadas. En el caso de las actividades físico-deportivas dirigidas y de los entrenamientos, se permitirá el uso de duchas siempre individual, sin que puedan utilizarlas más de una persona al mismo tiempo.

- La actividad deportiva en gimnasios deberá realizarse con cita previa. En la realización de actividad que implique desplazamiento, se mantendrá un espacio de 20 m² por persona. En la actividad que se realice sin desplazamiento, se mantendrá un espacio de 8 m² por persona. En todo caso será obligatorio el uso de mascarilla.

- Las competiciones de carácter no profesional y eventos deportivos podrán realizarse con público siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido. En instalaciones cerradas, el número máximo de asistentes como público no podrá superar las 200 personas, respetando en todo caso, la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso adecuado de mascarilla.

- En el caso de competiciones de carácter no profesional y eventos deportivos en instalaciones al aire libre, el número máximo de asistentes como público no podrá superar las 400 personas, respetando en todo caso, la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso adecuado de mascarilla.

- Las actividades que superen las 200 personas en interiores y 400 personas en exteriores deberán someterse previamente a informe vinculante del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

- En cualquier caso, durante la celebración de las competiciones y eventos deportivos estará prohibido el consumo de alimentos y bebidas.

- El horario máximo de apertura y/o actividad se establecerá hasta las 21.00 horas. No obstante, los equipos que participen en competiciones profesionales, así como en competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional y en competiciones interautonómicas, podrán utilizar las instalaciones deportivas más allá de las 21.00 horas para la celebración de las competiciones, siempre que lo autorice el titular de la instalación.

Competiciones y concentraciones

Los equipos, deportistas, personal técnico y árbitros pueden salir y entrar en Navarra en estos casos:

- ? Competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional y en competiciones internacionales que estén bajo la tutela de las federaciones deportivas españolas, siendo de aplicación el protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional de la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes.

? - Para participar en competiciones oficiales de ámbito interautonómico.

? - Deportistas de alto nivel y alto rendimiento que participen en concentraciones preparatorias para las competiciones oficiales señaladas en este apartado.

El modo de justificarlo son la inscripción, pago de tasas si las hubiese, calendario oficial de la competición o cualquier otro documento acreditativo.

50º del aforo

Las medidas preventivas que deben seguirse en las piscinas son las siguientes:

- Las piscinas para uso recreativo deberán respetar el límite del 50% de su capacidad de aforo tanto en lo relativo a su acceso como en la práctica recreativa.

- Se permite el uso de vestuarios y las duchas serán solamente de uso individual sin que puedan utilizarlas más de una persona al mismo tiempo.

- Las piscinas para uso deportivo se regularán por lo dispuesto por el Instituto Navarro del Deporte.

- El horario máximo de apertura se establecerá hasta la 21.00 horas.

Sin superar el 75% del aforo máximo

Las zonas deportivas de uso público al aire libre se pueden utilizar cuando no se supere el 75% del aforo máximo permitido.

El horario máximo de apertura se establece hasta las 21.00 horas.

Grupos de hasta 15 deportistas

Las actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados tienen esta normativa:

- Se entiende por actividades dirigidas todas aquellas actividades físicas relacionadas con el ocio, la preparación física y la salud, con independencia del rango de edad de sus participantes. No se incluyen dentro de estas actividades los entrenamientos de una modalidad deportiva, o las escuelas de iniciación deportiva.

- Los grupos para realizar actividades físico-deportivas dirigidas, en espacios cerrados, tendrán una participación máxima de 6 personas y se regirán por lo dispuesto por el Instituto Navarro de Deporte.

- No obstante, podrán realizarse actividades físico-deportivas dirigidas, en espacios cerrados en grupos de 15 personas, si la instalación reúne las condiciones de 8 metros cuadrados por participante para actividades de baja movilidad y 20 metros cuadrados por participante para actividades de alta movilidad, ventilación natural o forzada (mecánica) sin recirculación de aire.

- Quedan exceptuadas las actividades físico deportivas que se realicen al amparo de las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación

- Será obligatorio el uso de mascarilla en las zonas de accesos y tránsito de instalaciones, y durante la práctica deportiva de modalidades de baja intensidad. La modalidad de cada tipo de práctica deportiva se regirá por lo dispuesto en el Instituto Navarro de Deporte.

- El horario máximo de apertura serán las 21.00 horas.