Pamplona - La reforma de las pensiones que desde 2013 retrasa progresivamente la edad de jubilación hasta los 67 años hará que las personas que quieran retirarse a partir del próximo 1 de enero con el 100% de la pensión pública deberán tener ya cumplidos los 65 años y 10 meses. El Banco de España calcula que ese aplazamiento en la edad de jubilación tiene un efecto positivo, pero aún moderado, e insta al Gobierno a introducir más incentivos para aquellos trabajadores que quieran permanecer en activo más allá de la edad legal de jubilación.

El Banco de España advierte de que el envejecimiento empieza a ser un problema “particularmente intenso” en España y de que la mejora del mercado laboral no será suficiente para corregir el déficit de la Seguridad Social, por lo que pidió mejorar también los incentivos para que el sector financiero y de seguros estudie opciones de productos financieros para que los mayores puedan obtener liquidez a través de su riqueza inmobiliaria.

Así lo señaló ayer el director general de Economía y Estadística del Banco de España, Óscar Arce, que afirmó que aunque España elevase del 60% actual al 80% su tasa de empleo, no sería “suficiente” para solucionar el desajuste entre ingresos y gastos del sistema.

Arce indicó que hay que mejorar la tasa de paro y la tasa estructural, que duplica a la de la zona euro, así como la temporalidad y otras “muchas mejoras potenciales” pendientes, si bien ha avisado de que la demografía requerirá “ajustes adicionales”.

“El envejecimiento empieza a ser particularmente intenso en nuestro país”, subrayó Arce, quien apuntó que la proporción entre la población de 65 años y en edad de trabajar aumentará desde el 30% actual hasta entre el 50% y el 70% en el año 2050.

Por ello, cree que se debe consensuar el grado de generosidad del sistema a través de representantes políticos, que en caso de mantenerse “necesariamente requerirá allegar recursos de otras partes de la economía”.

Sentencia europea El Tribunal de Justicia comunitario (TJUE) ha determinado que las normas españolas discriminan a quien ha trabajado en otro país de la Unión Europea. Lo hizo al responder a una cuestión prejudicial sobre el caso de dos trabajadores gallegos a los que la Seguridad Social había llegado el derecho a retirarse anticipadamente pese a cumplir todos los requisitos menos uno: la prestación que iban a cobrar por los años trabajados en España no llegaba al mínimo.

“Las autoridades del Estado deben tener en cuenta no solo el disfrute de las prestaciones adquiridas en virtud de la legislación de ese estado, sino también al disfrute de las prestaciones equivalentes en cualquier otro Estado miembro”, apuntan los jueces.

Los magistrados apuntan que la norma española coloca en situación “menos favorable” a los trabajadores que ha trabajado fuera. Esto les lleva a sentenciar que la Seguridad Social realiza una “aplicación discriminatoria [...] en perjuicio de los trabajadores que hayan hecho uso de su derecho a la libre circulación” de personas dentro de la UE y hayan cotizado tiempo fuera de España. - D.N.