El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de hoy, un Decreto Foral Legislativo por el que rebaja el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de la luz del 21 al 10% en determinados supuestos y exonera durante el tercer trimestre de este año el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica a las instalaciones que producen electricidad y la incorporan al sistema eléctrico. Ambas medidas se aprueban con el objetivo de armonizar el régimen tributario de Navarra a las recientes modificaciones que se han realizado a nivel estatal.

Se estima que este Decreto Foral Legislativo de armonización tributaria supondrá una reducción de la recaudación de alrededor de 16'4 millones de euros para el presente 2021 para la Hacienda Foral de Navarra (HFN), de acuerdo con las estimaciones realizadas a nivel estatal y aplicando los índices de imputación correspondientes.

Este Decreto Foral Legislativo armoniza, según lo establecido en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, el régimen tributario navarro a las modificaciones en la normativa del IVA y del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica que se han llevado a cabo a nivel estatal, a través del Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptaron medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía.

Dichas medidas tienen por objeto reducir el impacto fiscal en la factura de la energía eléctrica para paliar de esta forma la subida del precio de la electricidad, que, además de generar alarma social, tiene efectos negativos sobre la renta disponible de los hogares, supone un freno para la recuperación en el escenario post-COVID-19 y es una amenaza en la agenda de la descarbonización asumida por España y la Unión Europea al poner en peligro el proceso de electrificación de la economía como vía más eficiente y eficaz para reducir las emisiones asociadas a los usos energéticos.

Mediante este Decreto Foral Legislativo y con el objetivo de dar respuesta a la situación generada por el incremento de los precios de la electricidad, se establece, desde el 26 de junio al 31 de diciembre de 2021, una rebaja desde el 21 al 10% del tipo impositivo del IVA para los contratos de energía eléctrica cuya potencia contratada no supere los 10kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/MWh.

Dado que esta medida se aplica a todos los contratos de suministro de energía eléctrica que no superen los 10 kW de potencia contratada, en la práctica, supone su aplicación a casi la totalidad de los hogares consumidores finales ya que la potencia media contratada por los consumidores domésticos es aproximadamente de 4,1 kW. Igualmente, un gran número de trabajadores autónomos se podrán beneficiar de esta medida.

Además, para paliar situaciones de pobreza energética de los consumidores más vulnerables también se rebaja al 10% el tipo impositivo del IVA aplicable a la factura eléctrica de los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

Por otra parte, el Decreto Foral Legislativo de armonización tributaria exonera del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, durante el tercer trimestre de 2021, a las instalaciones que producen electricidad y la incorporan al sistema eléctrico.

Con ello se pretende compensar los mayores costes que están soportando las empresas que determinan el precio de la electricidad en el mercado mayorista debido a la evolución del precio del gas natural y de los derechos de emisión del CO2. De esta forma podrán volver a ofertar precios más competitivos que redunden favorablemente en los consumidores.

Por lo tanto, con este Decreto Foral Legislativo de armonización tributaria, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON), se aplicarán en la Comunidad Foral idénticas normas sustantivas y formales que las vigentes en el Estado en lo relativo al IVA y al Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.