Cirmauto debe abonar 2,2 millones de euros a los 28 trabajadores y trabajadoras despedidos, después de que el TSJN anulara el ERE.

El sindicato ELA ha celebrado en la mañana de este jueves una rueda de prensa en la que ha valorado de manera positiva esta sentencia.

Carlos Sarasa, de la Federación de Industria de ELA, y Sonia Ontoria, abogada del sindicato, han analizado el fallo, en compañía de empleados y empleadas que formaban parte de la plantilla del concesionario ya cerrado.

Imposible reincorporar

Como la actividad cesó y resulta imposible que la plantilla regrese a sus puestos de trabajo, el dictamen señala que Cirmauto debe abonar las cuantías correspondientes a un despido improcedente, así como los salarios dejados de percibir desde la fecha de la extinción de contrato (10 de diciembre de 2021) hasta la fecha de la sentencia (3 de octubre de 2022). Además tiene que abonar 10.000 euros a ELA por vulnerar el derecho de huelga. En total, la empresa debe pagar más de 2,2 millones a una plantilla de 28 personas (una media de unos 78.500 euros a cada una).

“La impunidad con la que las empresas normalmente pretenden realizar despidos está ahora más acotada"

Carlos Sarasa - Industria-ELA

ELA se ha congratulado por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSNJ). “Este fallo limita la impunidad con la que las empresas normalmente pretenden realizar despidos”, ha remarcado Sonia Ontoria. Igualmente, ha criticado la “inacción” del Gobierno de Navarra que “favoreció los intereses de la empresa dejando desprotegida a la plantilla”.

Carlos Sarasa ha afirmado que la importancia de esta sentencia “va más allá de lo ocurrido en Cirmauto” ya que supone “una advertencia clara a la patronal: a pesar de que la reforma laboral supuso que se pudieran realizar expedientes de regulación de empleo con mayor facilidad, no todo vale”. “La impunidad con la que las empresas normalmente pretenden realizar despidos está ahora más acotada”, ha resaltado.

"Inacción del Gobierno"

Por otro lado, ha criticado “la inacción del Gobierno de Navarra, que lejos de defender el empleo en Cirmauto, favoreció los intereses de la empresa dejando desprotegida a la plantilla”. “Máxime cuando la empresa hizo un cierre patronal injustificado y estaba suplantando a las personas en huelga”, ha reprochado.

De esta forma, el TSJN ha declarado nulo el ERE de Cirmauto fundamentalmente por dos cuestiones: porque el periodo de negociación no se realizó de buena fe. “La ley establece que el ese periodo debe regirse por la buena fe y dirigirse a paliar o reducir las medidas planteadas. En este caso no hubo ninguna propuesta por parte de la empresa, que se limitó a cumplir las formalidades de la normativa”, ha detallado Ontoria. Y en segundo lugar, porque se ha vulnerado el derecho de huelga por el cierre patronal que llevó a cabo Cirmauto.

Finalmente, el sindicato ha subrayado “la lucha de la plantilla de Cirmauto”. “Ello demuestra que, ante la avaricia de las empresa, la vulneración de derechos fundamentales y la inacción del Gobierno, la organización de los trabajadores y trabajadoras es la mejor herramienta para defender sus derechos”, ha concluido el sindicato.