La actual titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona, María Luisa Corbacho, ha decretado el fin de la investigación del denominado ‘caso Davalor’ y, por lo tanto, va a archivar la causa por la que dimitió el exconsejero de Desarrollo Sostenible, Manu Ayerdi. En la resolución, que puede ser recurrida, la magistrada considera que transcurrió un plazo superior al de 12 meses previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal hasta que el entonces juez instructor solicitara la prórroga de la investigación judicial.

Esta magistrada no fue la que comenzó la investigación en Navarra, sino que lo hizo el anterior titular del órgano judicial, el conocido juez instructor Fermín Otamendi, ahora destinado en lo Contencioso en un juzgado de Catalunya. La investigación judicial arrancó a raíz de una querella de UPN en el Tribunal Supremo, cuya fecha de incoación en el Alto Tribunal fue la que fijó el inicio de la instrucción. La Fiscalía se había opuesto al archivo de la causa.

La jueza ha tomado esta decisión antes de tomar declaración la semana próxima a los investigados, citaciones que ahora quedan anuladas. Solo la estimación de un recurso en la Audiencia que reabriera la causa podría posibilitar la continuidad del procedimiento. La semana próxima estaban citados además del propio Manu Ayerdi, que fue vicepresidente primero y responsable de Desarrollo Económico hasta que dimitió en enero de 2021, a Pilar Irigoien (directora general de Sodena); Izaskun Goñi (jefa de gabinete); Yolanda Blanco (consejera de Sodena); Javier Baztarrika, representante de Iniciativas Innovadoras, empresa que participó también en la financiación de Davalor y que actuó como intermediaria entre el Gobierno de Navarra y Davalor; Maitena Ezkutari (directora general de Turismo y Comercio) y Juan José Marcos, impulsor de Davalor.

El denominado 'caso Davalor' fue una operación fallida de Sodena sobre la que ha habido ruedas de prensa, comparecencias parlamentarias, una comisión de investigación, un informe de Comptos y hasta un proceso judicial contra el administrador, que acabó con condena en el Juzgado de lo Mercantil por no declarar a tiempo el concurso de acreedores, pero sin consecuencias penales. Fue UPN el que puso sobre la mesa la acusación de "prevaricación" y "malversación" con una querella en el Supremo. Ambos delitos están recogidos en la ley que regula las incompatibilidades de los miembros del Gobierno, por lo que la mera admisión a trámite, más allá de su resultado final, forzaba la dimisión del consejero. 

El Tribunal Supremo acordó la incoación de las diligencias el 21 de enero de 2021 y el Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona, que recibió la causa el 9 de marzo de ese año, dictó la prórroga de la investigación el 18 de febrero de 2022.

La magistrada, que estima el recurso interpuesto por los investigados, considera que el día en que comenzó a correr el plazo de los 12 meses previstos en la ley fue el 21 de enero, puesto que el procedimiento abierto por el Tribunal Supremo es el mismo que el que luego se siguió en Pamplona.

“No se trata por tanto de un procedimiento distinto, acumulado al anterior, ni de una pieza separada, sino de la sucesión de aquél, lo que, como se ha indicado, es esencial para determinar el día en que se inicia la investigación judicial, el día en que comienza a correr el plazo de los 12 meses, sin que el hecho de que el Tribunal Supremo, por haber perdido el querellado la condición de aforado quedara sin competencia suponga que el Auto dictado por el mismo, el 21 de enero no lleve aparejado tal efecto, pues es tal pérdida de competencia del primero y la asunción de la misma por el segundo de tal competencia lo que se resuelve en todas las inhibiciones y para tales casos, como he referido, es unánime el criterio jurisprudencial que señala que el dies a quo vendrá determinado por la fecha en que se dicta el auto que incoa el procedimiento por el primero de los juzgados”, expone la juez.

Máquinas de análisis visual de Davalor Salud en Jofemar. Archivo

A este respecto, la magistrada señala que no fue hasta el 9 de febrero de 2022 cuando, de oficio, el Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona dio traslado a las partes para que informasen sobre la prórroga de la causa, que se acordó mediante auto dictado el 18 de febrero. Por tanto, según reitera, se había “excedido el plazo” exigido por la ley.

Por este motivo, la magistrada constata la falta de validez de las diligencias que se hayan acordado en las resoluciones posteriores a tal fecha, no así de las diligencias que, acordadas con anterioridad al mismo se hayan recibido o practicado posteriormente.

Manu Ayerdi, en una imagen de archivo.

Respecto a las declaraciones de los investigados, que se iban a llevar a cabo la próxima semana, concluye que, “efectivamente, no habiéndose acordado antes del 21 de enero de 2022 tomar declaración a persona alguna en calidad de investigado no se puede, transcurrida dicha fecha, acordar la misma, pues, como se ha dicho, tal límite es infranqueable, careciendo de validez las acordadas posteriormente, por lo que procede dejar sin efecto las citaciones realizadas a tal fin”.

“Tras lo razonado en este Auto, por tanto, procedería examinar el resultado las diligencias acordadas antes del 21 de enero de 2021, y que se hayan practicado y dictar la resolución que conforme al precepto señalado correspondiera; no obstante, no habiéndose acordado tomar declaración como investigado a persona alguna, como acabo de señalar, no es posible dirigir el procedimiento contra persona alguna, por lo que, la única resolución posible es concluir el sumario sin procesamiento”, sostiene la juez.

El Parlamento de Navarra modificó la ley que forzó la dimisión de Ayerdi

El Parlamento de Navarra modificó en abril de 2021 la ley que forzó a la dimisión de Manu Ayerdi cuando era consejero de Desarrollo Económico. Lo hizo por iniciativa del PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e I-E, que sacaron adelante una reforma parcial de la Ley del Gobierno de Navarra y de su Presidenta para evitar que vuelva a repetirse una situación como la que afectó al consejero de Desarrollo Económico.

Hasta entonces, y por una reforma acometida en 2018 por iniciativa de Podemos, el artículo 68 de la Ley del Gobierno de Navarra obligaba a los cargos públicos y de libre designación a dimitir siempre que tuvieran conocimiento fehaciente de que un tribunal había emitido un auto o les investigaba por delitos relacionados con la corrupción. Eso provocó que, en el caso de Ayerdi, cuya investigación estuvo motivada por una denuncia de UPN, tuviera que dimitir en el momento en el que el tribunal abrió diligencias previas. Es decir, antes de citarlo para declarar y por lo tanto considerarlo investigado. En el momento, el episodio generó cierto debate jurídico en torno a si la ley estaba provocando indefensión, como si de alguna manera se estuviera condenando a alguien antes si quiera de empezar una investigación judicial.

Se modificó la redacción del artículo 68 de tal manera que un cargo público o de libre designación involucrado en casos de corrupción tiene que dimitir en el momento de la apertura de juicio oral, y no antes.

Fue la fórmula consensuada para evitar que la derecha “hiciera un uso torticero” de la ley, como denunció la encargada de defender la reforma, la socialista Inma Jurío. El resto de grupos, de Geroa Bai a I-E, consideró que lo que intentó la derecha fue judicializar la política, y de alguna manera parar en los tribunales lo que no pudo hacer en las urnas.

Geroa Bai muestra su satisfacción mientras UPN ve "inadmisible" que se archive el caso

Geroa Bai ha mostrado su satisfacción tras conocerse esta mañana el archivo de la causa. La coalición celebra que “se ponga fin a un caso basado en acusaciones infundadas”. Reiteran que “nunca ha existido causa, tal y como la Cámara de Comptos concluyó en su informe en el que avalaba la legalidad de la operación, así como la honradez de Manu Ayerdi”. Denuncia además “la utilización torticera de la justicia en general y de este caso en particular por parte de la derecha por un mero interés político y partidario”. “Este caso que se ha alargado casi 3 años responde a una campaña de acoso por parte de UPN, a la que posteriormente se ha sumado el PP”, lamenta. Por todo ello, Geroa Bai exige a la derecha navarra que “abandone este tipo de prácticas, utilice las herramientas políticas y se centre en el interés general de la ciudadanía navarra”. Por último, Geroa Bai muestra “su apoyo y solidaridad con Manu Ayerdi y su equipo, quienes han sufrido las peores consecuencias de este caso”. La coalición quiere poner en valor una vez más “el gran trabajo de Ayerdi que tras más de 5 años al frente del departamento de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra lideró mejoras clave para Navarra”.

Por otro lado, el parlamentario de UPN Juan Luis Sánchez de Muniáin ha criticado "un posible error judicial en el cómputo de plazos". "Nos parece inadmisible y vamos a estudiar las posibilidades de recurso para que continúe la instrucción y sea revocado este archivo", ha dicho. Sánchez de Muniáin ha explicado que "este asunto trae causa de una querella que interpuso UPN y que fue nada menos que el Tribunal Supremo quien determinó que había indicios de delito". "Esos indicios de delito fueron confirmados y apoyados por la Fiscalía, y después confirmados por el juzgado de Pamplona cuando vino la causa; dos delitos de malversación y de prevaricación", ha añadido.

Según ha detallado, "además la juez de instrucción amplió incluso la investigación a otros exaltos cargos del Gobierno anterior, del Gobierno de María Chivite, y determinaba el encargo de un amplio trabajo de investigación a cargo de policía judicial, un informe que confirma punto por punto lo denunciado en la querella de UPN".

El parlamentario regionalista ha indicado que se trata de "un grave caso cuyos indicios judiciales han sido confirmados por distintas instancias y que ha supuesto que se han volatilizado más de 4 millones de euros de todos los navarros". Asimismo, ha censurado que estos millones "no han sido reclamados por el Gobierno de Navarra, ni personándose en la causa para defender el patrimonio público ni tampoco personándose en su día en el concurso de acreedores".