Las personas físicas y jurídicas grandes tenedoras de vivienda ya pueden declarar las propiedades que poseen en la Comunidad Foral en la web vivienda.navarra.es. La inscripción, que debe realizarse antes del 11 de septiembre, se realiza a través de una ficha de trámite habilitada presentando el formulario de solicitud, la plantilla para registrar la relación de propiedades y la documentación requerida. Además, se ha publicado una guía de instrucciones para rellenar el documento de propiedades.

Así lo han anunciado esta mañana la vicepresidenta tercera y consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, Begoña Alfaro; y la directora general de Vivienda, Elga Molina; quienes han subrayado que con “la puesta en marcha de este procedimiento se da cumplimiento a lo establecido en la normativa de vivienda vigente, que persigue avanzar en una gestión más transparente y eficiente del parque inmobiliario navarro”.

Tal y como ha señalado la vicepresidenta Alfaro, “este registro nos va a permitir dar transparencia al mercado y, muy importante, tener un control sobre los grandes fondos de vivienda para poder hacer un seguimiento de cómo gestionan las viviendas y el cumplimiento de la Ley y sus obligaciones como grandes tenedores, poniendo especial énfasis en protección de los colectivos en riesgo de exclusión residencial o en situación de emergencia habitacional”.

Grandes tenedores

Se consideran grandes tenedoras de vivienda aquellas personas físicas y jurídicas que dispongan de más de 10 viviendas de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados en todo el territorio nacional; o aquellas personas titulares de 5 o más viviendas ubicadas en alguno de los 21 municipios declarados Zona de Mercado Tensionado de Navarra, tal y como contempla la recién aprobada Ley Foral de Vivienda Asequible.

Las personas grandes tenedoras deberán declarar inmuebles ubicados en Navarra, aunque la persona o entidad propietaria resida o tenga el domicilio fiscal en otra comunidad. Incumplir la obligación de inscripción en este registro se considera una infracción grave y puede conllevar una multa de hasta 30.000 euros.

No tendrán consideración de grandes tenedoras las administraciones públicas, empresas públicas y participadas de las mismas.

Inscripción, modificación o cancelación

Las personas grandes tenedoras deben declarar el número y la relación de viviendas de las que son titulares, detallando en un documento Excel que podrán descargar de la ficha de trámite la dirección, referencia catastral o información sobre el uso de la vivienda y su estado de conservación. Además, las personas jurídicas deberán informar sobre la entidad gestora designada.

Cualquier modificación de las condiciones que sirvieron de base para la inscripción debe ser comunicada en el plazo de un mes, y se solicitará la cancelación para dejar sin efecto una inscripción. Será necesario, igualmente, presentar la relación de viviendas completa y actualizada en cada notificación posterior a la inscripción.