El nuevo impuesto que gravará a la banca en Navarra, listo para su debate en el Parlamento
Aprobado el proyecto de Ley Foral sobre el margen de intereses y comisiones de entidades financieras
El Gobierno foral ha acordado, en su sesión de hoy, aprobar y someter a la deliberación del Parlamento de Navarra el proyecto de Ley de Tributos Forales sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.
En concreto, este nuevo impuesto se configura como un impuesto directo que grava el margen de intereses y comisiones obtenidos por las entidades de crédito, sucursales de crédito extranjeras y establecimientos financieros de crédito derivados de la actividad que desarrollan en territorio español.
La incorporación de este impuesto en Navarra ha requerido la reforma del Concierto Económico, a través de la Ley 4/2025 , de 24 de julio, por la que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Concierto Económico entre el Estado y la Comunidad Foral.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Económica, los contribuyentes de este impuesto tributarán en función del volumen de operaciones realizadas en cada territorio, de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Sociedades.
El consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti, será el encargado de exponer ante el Pleno del Parlamento de Navarra las razones que justifican la aprobación de este proyecto de Ley Foral.
17 artículos y dos disposiciones legales
El proyecto de Ley Tributaria Regional sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras se estructura en 17 artículos y dos disposiciones finales. En resumen, describe la naturaleza y el objeto del nuevo impuesto, su ámbito de aplicación, el hecho imponible, quiénes se consideran contribuyentes, el período impositivo, el devengo del impuesto, la base imponible, la base liquidable, los tipos de tributación y la cuantía íntegra, la cuantía líquida, la deducción extraordinaria, el pago fraccionado, la autoliquidación del impuesto, el ingreso de la deuda tributaria, la declaración y el régimen de infracciones y sanciones.
Por su parte, las disposiciones finales se refieren a su plazo de vigencia y a su entrada en vigor, que se producirá al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON), con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2025 y que no hayan finalizado a la entrada en vigor de esta Ley Foral.
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