Muy a menudo cuando a acudes a realizar la compra a un supermercado o hipermercado que dispone de parking dejas las bolsas de la compra en el suelo junto a la plaza de aparcamiento unos segundos antes de meterlas en el maletero o en el interior de tu coche. Pues bien, no está de menos que sepas que esta acción tan habitual puede ser motivo de una dura sanción económica con el Reglamento General de Circulación en la mano.

Esta normativa prohíbe en su artículo 12 "arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquella o sus instalaciones, o producir en la misma o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar".

Así que esa acción puede ser considerada como una falta leve y ser castigada con 80 euros de multa ya que dejar la compra en el suelo del aparcamiento puede impedir que otros conductores puedan aparcar en dicho lugar con normalidad. No es una acción que se sancione en muchas ocasiones, peros de saber que los agentes de la autoridad pueden sancionarte si aplican estrictamente la normativa vigente.

Además, depositar nuestras bolsas de la compra o bultos de grandes dimensiones en los asientos traseros del coche o en el del copiloto también tiene sus riesgos, ya que si te encuentras con un control policial es posible que no puedas evitar una multa.

Según en el artículo 14 del citado Reglamento la carga transportada en un vehículo no se debe "arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa". Además, el apartado deja claro que la carga no puede "comprometer la estabilidad del vehículo". Para quienes no cumplan con esta normativa la sanción puede alcanzar hasta los 200 euros.

El peligro que comporta llevar la compra en los asientos traseros o el del copiloto no es sólo que los productos puedan caerse o salgan volando con un frenazo. Si los asientos traseros van llenos de bolsas puede perjudicar la conducción de quien está al volante al limitar la movilidad o dificultar la visión. Y por consiguiente es una amenaza para la seguridad vial

El reglamento especifica claramente que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de pasajeros, y la adecuada colocación de objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos".

En varias ocasiones, la propia DGT ha hecho hincapié en la importancia de no dejar objetos sueltos en el interior del vehículo, más concretamente en la zonas de asientos, es decir, en el área destinada de forma expresa para los pasajeros. El motivo es que, en caso de frenazo o viraje violento, la ley de la inercia hace que cualquier objeto que viaje suelto en un automóvil continúa su marcha hacia delante y multiplique, por efecto de la velocidad, la fuerza con la que golpearía a cualquier ocupante hasta por cuarenta veces su peso a tan solo 50 km/h.