No debió suceder, y ni siquiera fue legal. El Tribunal Administrativo de Navarra ha resuelto, tras el recurso presentado por una vecina de Pamplona, que la decisión del alcalde Enrique Maya (Navarra Suma) de suspender la charla Brecha orgásmica: de cómo el Patriarcado nos persigue hasta en la cama "no se ajusta a derecho".

No fue legal, por tanto, que el Ayuntamiento decidiera cancelar la cita que iba a impartir la experta en género Paola Damonti el pasado 24 de enero de 2020, una decisión que transmitió a la ponente dos días antes de la celebración del acto, que además estaba programado por el área de Igualdad para ser celebrado en la Casa de las Mujeres. A Damonti, doctora en Intervención Social y Estado del bienestar, le dijeron desde el Consistorio que la charla les parecía "inadecuada". Antes de que fuera suspendida, la iniciativa ya había sido censurada por Vox a través de un tweet incendiario que no hizo más que disparar todas las alarmas.

"Oí en la radio que el alcalde la había prohibido, ¿cómo puede el alcalde prohibir una charla, encima programada por su propio área de igualdad? Me enfadé muchísimo. Me parece una alcaldada, una censura y una falta de respeto a las mujeres de Navarra, al feminismo y a la igualdad. Es inconcebible", critica Olga Artozki, la vecina de Pamplona que interpuso un recurso contra tal decisión. "No quería que se quedara en dimes y diretes a través de las redes, en cuatro entrevistas. Un alcalde no puede hacer eso, tendrá que explicar si hay una motivación, si ese motivo es legal y si favorece la igualdad y al interés general. Y si no cumple eso, hay una desviación de poder".

Artozki, que es licenciada en Derecho, presentó el recurso "como vecina de Pamplona, usuaria de la Casa de las Mujeres y mujer que iba a asistir a la charla" que terminó celebrándose en Katakrak días después con el aforo completo y un buen puñado de críticas de decenas de personas que no entendieron la decisión municipal, que también calificaron de censura. "El Ayuntamiento ha negado que hubiese contratado a esta persona para dar la charla, ha negado a la mayor porque no se puede justificar lo que han hecho, no se ha podido defender", señala la vecina.

Efectivamente, según resuelve el TAN, el alcalde tenía que haber informado de lo que había ocurrido, presentar un expediente, y se escuda en que los trámites se realizaron "de manera verbal". Pero aunque todo fuese verbal, que por ley podría ser porque hay determinadas contrataciones que por sus características se pueden ajustar a ello, se tiene que saber quién ha dado la orden y ha tomado esa decisión, algo que todavía se desconoce porque el Consistorio no lo asume. Ni lo justifica.