Las asociaciones vecinales y de comerciantes contrarias a la construcción de una nueva zona comercial en la avenida Zaragoza van a pedir la anulación del expediente al considerar que el proceso participativo abierto por el Ayuntamiento de Pamplona no cumple con lo dispuesto en la normativa, que obliga a “contar con una participación real y efectiva” de la ciudadanía cuando se produzcan modificaciones de planeamiento urbanístico.

Aunque estos procesos participativos tienen carácter consultivo, el Decreto Foral 1/2017 sobre Transparencia y Gobierno Abierto es claro al respecto y especifica que se debe “garantizar” los derechos de información e iniciativa de los particulares y entidades para la defensa de sus intereses.

Según algunas asociaciones de comerciantes y vecinales, esto no ha ocurrido en el caso del proyecto de la avenida Zaragoza, donde está previsto construir una gran superficie comercial que tendrá entre 6.100 y 11.100 m².

Ya comenzó mal, porque en la tramitación inicial del Ayuntamiento no aparecía por ningún lado el proceso participativo, pero la paralización del expediente por parte del Gobierno foral por carecer precisamente de este plan de participación obligó a Navarra Suma a rectificar.

La solución fue poner en marcha no uno, sino dos planes participativos y hacerlo de la mano de los promotores del proyecto: Elsario SL y Jamyda Patrimonios SL.

No suele ser lo habitual, pero en este caso las consultorías contratadas por el Ayuntamiento para el plan de participación que fue obligado a crear (Humaro y deUrban Abogados) han sido las mismas que han confeccionado el proceso participativo para los promotores.

Pese a tratarse de expedientes diferentes -el Ayuntamiento plantea una modificación estructurante y los particulares, del plan parcial- el procedimiento se ha realizado simultáneamente, con una diferencia de apenas 24 horas entre uno y otro proceso.

Que el Ayuntamiento y los promotores compartan el procedimiento ya pone en cuestión el carácter independiente que debería tener el proceso, pero es que este solapamiento también ha provocado que el proceso de participación haya quedado desvirtuado.

El procedimiento correcto debiera haber sido aprobar primero la modificación estructurante para poder realizar después el plan parcial, ya que éste que dependerá de lo que se haya aprobado previamente.

En este caso, sin embargo, se ha obviado cualquier resultado posible del plan de participación de la modificación estructurante, actuando al margen del mismo.

Entre otros defectos detectados en el proceso, cabe mencionar el hecho de que el Ayuntamiento excluyera la opción de construir vivienda en ese terreno, como plantearon los grupos municipales de EH Bildu y Geroa Bai, así como las asociaciones de comerciantes y vecinales ante el efecto que puede tener una nueva zona comercial en el tejido social y productivo de Pamplona.

También ha podido existir un incumplimiento de la Ley Foral de Comercio, en lo referente a la ordenación del uso comercial en el casco urbano y residencial y a la obligación de plantear un desarrollo sostenible que no genere nuevas movilidades innecesarias.

Fuentes consultadas por este periódico aseguran que no se pueden autorizar grandes establecimientos comerciales aprovechando que en ámbitos lindantes haya esas intensidades residenciales, sino en los propios ámbitos o unidades, ya que supondría incumplir la ley e intentar hacer trampa.