El 12 de agosto recibo una comunicación del Colegio de Trabajo Social, informándome que el 17 de septiembre se iba a llevar a cabo una jornada sobre la Ley de reforma de la legislacion civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Siendo un tema de mi máximo interés, me inscribo, solicitando plaza presencial a dicha jornada, para lo que relleno un formulario con todos mis datos personales incluidos correo electrónico y teléfono móvil, y lo envío al Observatorio de la realidad social de Navarra (organismo dependiente del Departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra), quien la organiza. El mismo día 12 de agosto me comunican que el formulario ha sido recibido con éxito y agradecen mi colaboración. El 13 de septiembre, un mes más tarde de mi solicitud de inscripción, y sólo a falta de cuatro días para la celebración de la jornada, recibo un comunicado de dicho organismo donde me comunican que no ha sido posible asignarme una plaza presencial para la misma. Como yo daba por hecha mi inscripción (ya que nada me hacía pensar lo contrario), este comunicado me sorprende. Si el criterio de admisión según se me informa ha sido por riguroso orden de solicitud, ¿desde cuándo se conocía que estaba cubierto el cupo? ¿Antes del 12 de agosto? ¿Y se me hace saber el 13 de septiembre? ¿Tanto cuesta comunicar que quedo en lista de espera, o que las plazas están cubiertas, teniendo todos mis datos para hacerlo, y no un mes más tarde como lo han hecho, condicionando mi agenda y, posiblemente, las de las casi doscientas personas que nos hemos quedado fuera? Esto es una falta de consideración inadmisible por parte de la Administración hacia el ciudadano en plena era de la comunicación digital.