UPN lo ha anunciado exultante: gracias a un recurso puesto por él, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pamplona ha eliminado el perfil bilingüe de una plaza de operario de obras. Lo que no ha dicho es:

1.- Son 9 plazas de operario de obras, y solo una tiene perfil bilingüe, es decir, en una de ellas además de castellano hay que saber euskara.

2.- Sus funciones se desarrollan, por ejemplo, en la calle, en las celebraciones de Olentzero y los Reyes, en las hogueras de San Juan, en centros escolares, en la casa de cultura, el gaztetxe... y, evidentemente, tiene contacto con la ciudadanía.

La sentencia contiene afirmaciones increíbles, como por ejemplo:

“El derecho se concreta en permitir a los vecinos que puedan dirigirse al Ayuntamiento en euskera, pero este derecho no se extiende a obtener una respuesta oral y escrita en lengua vasca”.

¡Increíble! ¡Las y los jueces, generosamente, nos conceden el derecho a expresarnos en euskara! ¡Pero no a recibir una respuesta de la Administración en euskara! La Ley Foral 18/1986 del Euskara dice en su artículo 17 (zona mixta):

“Todos los ciudadanos tienen derecho a usar tanto el euskera como el castellano para dirigirse a las Administraciones Públicas de Navarra

Para garantizar el ejercicio de este derecho, dichas Administraciones podrán:

a) Especificar en la oferta pública de empleo de cada año las plazas para acceder a las cuales sea preceptivo el conocimiento del euskera.

b) Valorar como mérito el conocimiento del euskera en las convocatorias para el acceso a las demás plazas”.

Hace falta una interpretación muy retorcida y malintencionada para afirmar que ahí no se garantiza el derecho a recibir una respuesta en euskara.

Además, las y los jueces actúan como si desconocieran la Carta Europea de las lenguas regionales o minoritarias, firmada y ratificada por España. En su artículo 7.2, dice:

“La adopción de medidas especiales en favor de las lenguas regionales o minoritarias, (…) no se considerará un acto de discriminación con los hablantes de las lenguas más extendidas”.

Y por si todo eso no fuera suficiente, según UPN la sentencia condena al Ayuntamiento de Zizur Nagusia a pagar las costas. Esto es un abuso: el Ayuntamiento no ha recurrido, y normalmente se le hace pagar las costas al o la recurrente que pone un recurso sin fundamento. Además, el recurso no se puso contra el Ayuntamiento, sino contra una resolución dictada por el Tribunal Administrativo de Navarra, que consideraba totalmente legal el perfil bilingüe.

Recientemente, las y los jueces de Navarra realizaron una concentración tras una pancarta que decía (solo en español, por supuesto): Por una justicia independiente y de calidad. Pues eso mismo: que dejen de una vez de utilizar sus cargos para hacer política, en política lingüística y en el resto de temas. Por si les interesa, en euskara se diría: Justizia independente eta kalitatezko baten alde.

*Administrazioan Euskaraz Taldea