pamplona. Unas 32.000 viviendas ubicadas en 2.000 edificios de Pamplona, la mayoría en el Casco Viejo, no tienen ascensor, lo que afecta, si se calcula una media de 2 vecinos por vivienda, a más de 60.000 personas. Sin embargo, desde 1999 otras 22.119 viviendas de 1.289 edificios de la ciudad han instalado este tipo de sistemas que facilitan la accesibilidad de los habitantes. Por ejemplo, sólo en 2010, en que se ha dado un gran "repunte" de este tipo de actuaciones, en palabras del director de Urbanismo, Enrique Maya, se han ejecutado 115 proyectos de ascensor en viviendas. Se calcula que la instalación de un ascensor en un edificio de Pamplona cuesta de media por vecino unos 19.500 euros, aunque las viviendas del Casco Antiguo y Ensanche reciben subvención por parte del Ayuntamiento y el Gobierno, y los del resto de la ciudad, sólo desde el Ejecutivo.
El concejal delegado de Urbanismo, Juan Luis Sánchez de Muniáin, junto con el director Enrique Maya, explicaron en rueda de prensa la evolución de la instalación de ascensores en la ciudad, y las normativas que se han ido poniendo en marcha para la implantación de elevadores. La última ha sido la normativa estatal Seguridad de Utilización y Accesibilidad SUA, del Código Técnico de Edificación (CTE), que ha incluido nuevos requisitos. Esta normativa es "más exigente" que la anteriormente vigente en Navarra, en cuestiones como las medidas del ascensor, y la pendiente y anchura de la rampa, lo que ha hecho que el Ayuntamiento, que tiene, según aseguró Maya, "competencias en esta materia", ha realizado una interpretación menos rígida de la normativa, porque "de aplicar la medida literalmente gran parte de ascensores no se podrían colocar", afirmó.
DE 1 X 1,40 METROs de medidas Lo que marca la nueva normativa estatal es que las cabinas de los ascensores que se instalen ahora tendrán que medir por lo menos 1 x 1,40 metros, y la pendiente de las rampas que salvan escaleras deben oscilar entre el 6 y el 10% de pendiente, y medir 1,20 metros de ancho. Estos requisitos no podrían llevarse a cabo, por ejemplo, en muchas comunidades del Casco Viejo por las medidas de sus portales y escaleras, por lo que el Ayuntamiento en casos de gran dificultad establece criterios menos rígidos, siempre que "se justifiquen técnicamente", añadió el responsable de Urbanismo. En estos casos, se aplica la normativa navarra, que establece unas medidas de 90 x 1,20 metros, "que permiten el acceso de una silla de ruedas", añadió el concejal Juan Luis Sánchez de Muniáin.
¿Todos los edificios pueden tener ascensor? Enrique Maya afirmó que la modificación del Plan Municipal en 2002 permite desde entonces ocupar vía pública con el volumen necesario para colocar el ascensor, o las escaleras, según los casos, y recordó también que PCH ha realizado dos estudios específicos de la Milagrosa y Santa María La Real y se han propuesto posibles soluciones para instalar ascensores en los que carecen de él. En otros casos, como ocurrió en Descalzos, las dificultades de la rehabilitación obligaron a tirar los edificios y hacer nuevos. En la Milagrosa y la Rochapea, por ejemplo, hay también dificultades para instalar ascensores en la calle, por las dimensiones de ésta.
ANCIANOS SIN SALIR A LA CALLE La carencia de ascensor origina situaciones con una problemática añadida. Hay personas mayores, sobre todo en el Casco Viejo, que no pueden bajar a la calle nunca, por sus problemas de movilidad. Así lo reconocen los responsables del área de Urbanismo municipal: "Trabajamos por fomentar actuaciones integrales, pero puede haber personas mayores que necesitarían trasladarse a otra vivienda", afirmó Sánchez de Muniáin, quien añadió que "son líneas de trabajo más complejas". Sí precisó que el Ayuntamiento está trabajando por conseguir que "el cien por cien de los edificios del Casco Antiguo tengan su ascensor".
NO hace falta unanimidad Para instalar ascensor en un bloque de viviendas es la comunidad la que decide. Pero las cosas han cambiado, ya que ahora la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal establece dos casos: en comunidades en que haya mayores de 70 años o personas con una minusvalía superior al 35%, con mayoría simple es suficiente, y en el resto "sólo hace falta el apoyo de 3/5 de los vecinos".
Además, hay otra novedad, que afecta a la Ley del Derecho a la Vivienda. Antes, el propietario de un local en planta baja podía negarse a que se instalara ascensor, y su voto era determinante. Ahora no, ya que en los cascos antiguos el Ayuntamiento puede actuar "por expropiación", porque se prioriza el derecho de los vecinos. Hay dos expedientes expropiatorios abiertos.