El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha concluido finalmente que no hubo delito en el acto celebrado la pasada Nochevieja en Arrasate-Mondragón y que fue denunciado por las víctimas al considerar que homenajeaba al preso de ETA Henri Parot, pues, aunque causase "indignación", no se ensalzó el terrorismo.

En un auto fechado este mismo viernes, al que ha tenido acceso Efe, el magistrado sigue el criterio de la Fiscalía y confirma el archivo de las actuaciones, en contra de lo que pedían la Asociación Dignidad y Justicia y Vox.

Para el juez, "es indiscutible que la concentración (...) puede generar indignación", pero, de los oficios policiales que se encargó a las Fuerzas de Seguridad, "no se desprende" que persiguiese "enaltecer" acciones terroristas o humillar a las víctimas, o incluso incitar a cometer atentados como los perpetrados por ETA, y "tampoco se creó un peligro de que se pudieran cometer estos delitos".Pidieron su suspensión cautelar

Esta y otras convocatorias de la red de apoyo de presos de ETA, Sare, fueron llevadas ante la Justicia por colectivos de víctimas, que incluso pidieron su suspensión cautelar, algo a lo que no accedió ni la Fiscalía ni el juez, en base a la jurisprudencia sobre el enaltecimiento del terrorismo.

En concreto, la relativa a Parot, fue la que causó más controversia dado que las víctimas denunciaron que se enaltecería a presos de ETA como él, José Manuel Pagoaga Gallastegui, "Peixoto"; o Eugenio Barrutiabengoa, "Arbe", cuyos nombres aparecían en el cartel anunciador en un principio, mientras que Sare, que eliminó dichas alusiones, insistió en que no era un homenaje sino una protesta por la política penitenciaria.

El magistrado pidió a la Ertzaintza un informe sobre la naturaleza de Sare y los fines de la movilización, entre otros datos, además de solicitar a las Fuerzas de Seguridad que siguiesen el acto; una vez remitida la documentación al juzgado, Calama cerró el caso a petición de la Fiscalía.

Una decisión en la que ahora se ratifica al constatar la falta de elementos para inferir que los convocantes o asistentes "actuaran movidos para crear una situación de riesgo consistente en la emulación de los actos llevados a cabo por los terroristas citados para reivindicar un cambio de la política penitenciaria actual".

Como tampoco hay datos, añade el auto, que permitan concluir que "se haya producido una verdadera humillación objetivable de las víctimas de ETA". En su opinión, estos hechos, en caso de "considerarse inadmisibles", han de encontrar su respuesta "en el debate político o incluso moral", pero no tienen la entidad suficiente para encajarlos en un delito de enaltecimiento del terrorismo ni de humillación a las víctimas.