La Ley foral de Contratos Públicos ha abierto un nuevo conflicto competencial entre Navarra y el Estado. El Gobierno central acordó en su última sesión antes de las vacaciones de verano llevar al Tribunal Constitucional la norma aprobada en 2018 y actualizada por el Parlamento en 2021. El recurso, que se centra en esta última reforma, no afecta a cuestiones de excesivo calado, pero vuelve a poner sobre la mesa los límites del autogobierno coincidiendo además con el 40º aniversario de la Lorafna, la ley del Amejoramiento del Fuero.

El Ejecutivo de Sánchez había planteado su disconformidad con 14 artículos de la ley. Sin embargo, en el proceso de negociación previo entre ambas administraciones en el marco de la Junta de Cooperación se ha llegado a un acuerdo en 11 de ellos. En diez, según señala el Gobierno de Navarra, el Estado asume los términos de la ley foral, y en uno Navarra acepta los cambios que le pide el Estado. La discrepancia se mantiene en los otros cuatro, que son los que ahora deberá resolver el Constitucional.

Navarra tiene competencia exclusiva en materia de contratos y concesiones administrativas, pero la debe ejercer en el marco de la legislación básica del Estado. Se trata del paraguas bajo el que el Estado blinda sus competencias respecto a las comunidades autónomas. Un concepto lo suficientemente ambiguo que el Ejecutivo central ha aprovechado los últimos años para limar la legislación autonómica y que una vez más sirve como argumento para rebatir los términos aprobados en el Parlamento de Navarra. 

La discrepancia se centra esta vez en varios apartados de la ley navarra. En concreto, en el que hace referencia a la exclusión de negocios jurídicos de la contratación pública, y que permite al Gobierno contratar asistencia jurídica de forma directa. Argumenta el Gobierno central que tiene competencia exclusiva en relación con “contratos y concesiones administrativas”, de modo que la mayor parte de las previsiones de la ley estatal tienen carácter básico y son de aplicación a todas las administraciones públicas. Por tanto, Madrid interpreta que las excepciones introducidas en la nueva normativa vulneran los “principios esenciales de la legislación básica”.

Otra de las discrepancias se centra en la compra de medicamentos, que según la ley foral, tendrán “naturaleza privada”. De esta forma, el SNS-Osasunbidea puede adquirir medicamentos directamente, sin necesidad de licitación. El Estado señala sin embargo que la legislación sobre productos farmacéuticos también es competencia suya. Argumenta además que esta forma de adquisición resulta incompatible “con los principios básicos de la contratación pública como la libertad de acceso, la transparencia, la publicidad, la igualdad, la integridad, la eficiente utilización de los fondos, la estricta vinculación de los criterios de adjudicación al objeto del contrato o la no discriminación de ningún operador económico”.

Estos últimos términos fueron introducidos en la reforma de la ley aprobada en 2021 con el objetivo de agilizar la tramitación pública. La norma fue aprobada con la abstención de Geroa Bai el voto en contra de EH Bildu, que criticaron que se hubiera aprovechado el trámite parlamentario para limitar la presencia en el euskera en las empresas.

EL PSN EVITA LA POLÉMICA 

La resolución queda ahora en manos del Tribunal Constitucional, aunque tanto el Delegado del Gobierno de España como el portavoz del Ejecutivo foral confiaron en que quede margen para un acuerdo que evite el contencioso. En cualquier caso, tanto José Luis Arasti como Javier Remírez, ambos del PSN, evitaron polemizar ayer sobre esta cuestión y defendieron la buena colaboración entre ambas administraciones. “El Gobierno de Navarra hace una valoración positiva porque la gran mayoría de los preceptos que inicialmente habían podido ser cuestionados se han resuelto sin llegar al alto tribunal”, argumentó ayer Remírez, que aseguró que el Ejecutivo foral hace “una defensa inteligente del autogobierno”.