Pocos mandatarios habrán colaborado tanto en la publicidad de la figura de la Fiscalía General del Estado como el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, cuando acuñó la inigualable frase: “La Fiscalía, ¿de quién depende? ¿Del Gobierno? Pues ya está…”. Más claro, imposible. Lo dijo allá por el año 2019 y estableció un antes y un después en el conocimiento público de esta alta institución del Estado, tirando por el sumidero toda su credibilidad y presunción de independencia. Desde entonces, este organismo, adscrito al Ministerio de Justicia del Gobierno español de turno, y su jefe o jefa son moneda corriente de los titulares de la prensa escrita, los boletines horarios de las radios y los telediarios. El actual fiscal general, Álvaro García Ortiz, no deja de acaparar titulares, envuelto como está en una cruzada político-judicial con la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, pareja de Alberto González. El jefe de los fiscales jefe, cuan cazador cazado, está siendo investigado en el Tribunal Supremo por un delito de revelación de secretos por haber actuado en perjuicio del derecho de defensa de González que, a su vez, está imputado por fraude a Hacienda y otros delitos.

Mandato de cinco años

En este contexto, y con Pedro Sánchez asediado judicialmente por este y otros casos igualmente mediáticos y de mucha sustancia política, entra en escena la reforma del Estatuto Orgánico de la Fiscalía que pretende fortalecer su autonomía y mejorar su capacidad funcional. Tras su paso por el Consejo de Ministros, el anteproyecto deberá pasar por el Parlamento español y el Consejo de Estado y volver de nuevo al Consejo de Ministros, por lo que todavía pasarán bastantes meses antes de que los planes anunciados se conviertan en ley.

Con esta ley el Gobierno español pretende cumplir con la Unión Europea en la reforma del Estatuto Fiscal y deja su aprobación en manos del PP que es refractario a avalar ninguna iniciativa del Gobierno. A falta de una posición definitiva, los populares han criticado que el Gobierno busque “blindar” al fiscal general con esta reforma legislativa y han acusado a Sánchez de actuar “como un autócrata”. La reforma también suscita el rechazo de dos de las tres principales asociaciones de fiscales.

El Gobierno español alega que esta reforma, que se encuentra en trámite de consulta pública, responde a los requerimientos de “independencia” del fiscal general del Estado que la Unión Europea le reclama desde hace años. Sin embargo, las medidas son polémicas y se cuestiona su intención real, sobre todo, la ampliación del mandato del fiscal a cinco años.

El anteproyecto prevé que el mandato del fiscal general del Estado ya no coincidirá con el del Gobierno, como hasta ahora, sino que será elegido por un periodo de cinco años. Seguirá siendo nombrado por el Ejecutivo y su mandato no será renovable, salvo que haya ostentado el cargo durante menos de un año. Si cesará antes de completar su mandato, su sucesor tendrá un mandato que no excederá del tiempo que restase para agotar los cinco años.

Al no coincidir con el tiempo real de una legislatura completa (cuatro años, si no prospera una moción de censura), invariablemente el Gobierno que salga de las urnas heredará el fiscal general nombrado por el anterior.

El ministro de Justicia, Félix Bolaños, se ha afanado en dejar claro que la reforma no afectará en ningún caso al controvertido Álvaro García Ortiz ni servirá para ampliar su mandato. “La entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Criminal –en la cual se insertará el Estatuto Orgánico como disposición adicional– será el 1 de enero de 2028”, ha señalado, para a renglón seguido precisar que para esas fechas el actual fiscal general del Estado habrá completado ya su segundo mandato y no podrá mantenerse en el cargo. Así, el ministro sostiene que el primer fiscal general que goce de cinco años de mandato será “el que nombre el Gobierno que salga de las urnas en 2027. “Si ese año los ciudadanos deciden que sigamos gobernando, nombraremos a un fiscal general, que será al que se le aplique la reforma. Pero en ningún caso podrá ser el actual fiscal general porque ya ha cumplido dos mandatos”, aclara.

La reforma también prevé diversos cambios funcionales para facilitar que el Ministerio Fiscal se pueda ocupar de la instrucción de los procesos penales, tal y como prevé la futura LECrim. El Ministerio Público pasará a dirigir la Policía Judicial en sus funciones de investigación del delito. Los cambios recogen el nuevo papel que tendrán los fiscales como instructores de las investigaciones judiciales, de modo que el Ministerio Fiscal dirigirá la Policía Judicial en sus funciones de investigación del delito.

Instrucción de las causas

Bolaños justifica esta medida recordando que “España es el único país de nuestro entorno donde la instrucción está a cargo de jueces de instrucción”. De modo que dejar la batuta en manos de la Fiscalía atiende a recomendaciones de Europa. “Nos estamos acercando a los mejores estándares europeos”, asevera el titular de Justicia. El borrador define así el papel de la Policía Judicial si la norma sale adelante: “Desarrollará, bajo la dependencia funcional directa del Ministerio Fiscal, las funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento de sus responsables, o de prestación de auxilio judicial.

El Ejecutivo no podrá dar instrucciones al fiscal general sobre ningún asunto, por lo que el nuevo texto pretende también reforzar la autonomía de los fiscales prohibiendo que el Gobierno español o los autonómicos promuevan cualquier tipo de actuación por parte de la Fiscalía. Además, el fiscal general no podrá ser llamado a comparecer ante el Consejo de Ministros y las comunicaciones entre el fiscal general y el Gobierno deberán realizarse por escrito y serán públicas. El nombramiento, ascenso y sanciones de los principales fiscales queda atribuido al fiscal general y no al Gobierno como hasta ahora.