El Ayuntamiento de Pamplona ha publicado en el Portal de Contratación de Navarra el pliego de condiciones para la concesión de autorizaciones para la instalación de txoznas durante las próximas fiestas de San Fermín. Estarán ubicadas en el parque del Runa, en la terraza inferior, detrás del recinto ferial junto al puente del Vergel. Se habilitan diez espacios a los que podrán concurrir asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra. 

Las entidades interesadas pueden presentar la documentación necesaria hasta el 22 de mayo en el Registro General del Ayuntamiento, en los registros auxiliares o en cualquier de los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que la documentación se remita por correo, deberá comunicarse esa circunstancia a través del email seguridadciudadana@pamplona.es. El pliego publicado recoge las condiciones de uso de los espacios para la instalación de las txoznas y el ejercicio de actividades festivas durante los Sanfermines.

El tamaño de las txoznas será de 5 x 5 metros y se podrán adjudicar txoznas agrupadas de un tamaño máximo de 10 metros de frente por 5 metros de fondo. En cualquier caso, la separación entre txoznas será como mínimo de 2 metros. Las labores de montaje podrán comenzar el 3 de julio y su desmontaje deberá finalizar antes del 19 de julio. Las txoznas funcionarán desde las 12 horas del 6 de julio hasta las 3 horas del 15 de julio. Los horarios máximos de funcionamiento serán desde las 12 horas de cada día hasta las 3 horas del día siguiente, excepto el 6, 7 y 8 de julio, que podrán finalizar a las 4 de la madrugada.

Cada txozna podrá contener una barra y se servirá la bebida en plástico reutilizable, cobrando un máximo de 1 euro en concepto de depósito y teniendo la obligación de devolverlo si se entrega el vaso reutilizable. Solo se permitirá el uso de microondas y planchas. Los alimentos elaborados serán de bajo riesgo sanitario y requerirán de un procesado sencillo, escasa manipulación y su consumo inmediato. La música no podrá superar los 90 dbA. Durante la celebración del encierrillo, entre las 21.30 y las 22.30 horas deberá cesar toda actividad musical. El pliego exige el depósito de una fianza de 2.000 euros (4.000 euros para el caso de txoznas dobles) para hacerse cargo de hipotéticos desperfectos en el arbolado y resto de elementos del parque.

Valoración de las propuestas presentadas

Solamente podrán optar a un espacio en las txoznas las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra. Excepcionalmente, podrán admitirse asociaciones que están tramitando su inscripción en el registro. En este caso deberán presentar copia de toda la información presentada ante el Gobierno de Navarra para dicha inscripción (instancia general, acta fundacional, estatutos, resguardo de la carta de pago y declaración responsable). Además, se exige no tener deudas con el Ayuntamiento de Pamplona en periodo ejecutivo, tanto la asociación como su presidente. 

Para la adjudicación de las txoznas se valorarán aspectos como las actividades y programas desarrollados con anterioridad por la entidad solicitante, el destino y aplicación de los recursos obtenidos en la txozna, la estética de la txozna en el entorno, el plan de trabajo y gestión y la declaración de utilidad pública. Una vez valoradas las propuestas presentadas, se elegirá la txozna concreta por orden de puntuación, de mayor a menor, en un acto que tendrá lugar en las dependencias del área de Seguridad Ciudadana.

Las autorizaciones son personales e intransferibles y se otorgan en precario, por lo que podrán ser revocadas en cualquier momento, sin derecho a indemnización. Esa revocación se puede producir por incumplir las condiciones de autorización, cuando resulten incompatibles con las condiciones generales de utilización aprobadas con posterioridad a su otorgamiento, si se provocan daños en el espacio público, si se impide la utilización del espacio para actividades de mayor interés público o menoscaben el uso general y común de la ciudadanía o el propio uso municipal de dicho espacio público, si se dan situaciones de riesgo o si se generan como consecuencia de su actividad situaciones de inseguridad o problemas de convivencia.