La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado la sentencia dictada por una juez en diciembre de 2019 que condenó a un año y medio de prisión a un vecino de Madrid de 39 años que creó en diciembre de 2018 una página web de un denominado Tour de la Manada. En esta web se publicitaba el recorrido por las calles de Pamplona seguido por los condenados por la violación grupal perpetrada en los Sanfermines de 2016.

En la sentencia, contra la que cabe recurso de casación por infracción de ley ante el Tribunal Supremo, la Audiencia avala los hechos probados por la magistrada de instancia. Así, considera que, debido a la creación de la web, que se llevó a cabo entre los días 3 y 5 de diciembre de 2018, la víctima de la violación vio agravado el trastorno de estrés postraumático crónico que padece como consecuencia de los hechos sufridos el 7 de julio de 2016.

A raíz del visionado de la página web, agrega, los síntomas de la víctima se agravaron, por lo que la mujer necesitó volver a tomar medicamentos, de modo que hasta aproximadamente el mes de mayo de 2019 no pudo recuperar la “cierta normalidad” que había alcanzado previamente, recoge la sentencia.

Tras examinar el recurso presentado por la defensa, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial suscribe todos los razonamientos de la juez de instancia. El tribunal estima que la intención de ofender y denigrar la dignidad personal “va implícito en los actos desplegados”.

Al igual que hiciera la juez, la Audiencia descarta la alegación del procesado según la cual creó la página web con el objetivo de criticar el sensacionalismo de determinados medios de comunicación.

Destacado. El colectivo Lunes Lilas expresó ayer “una vez más” su “decepción” ante la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba que condena de 2 años y 10 meses y 4 años y medio de cárcel a cuatro integrantes de La Manada por el caso de Pozoblanco, un fallo que ha considerado “injusto” para las mujeres. “La justicia en este caso vuelve a decir que solo fue un abuso. Estaba inconsciente, no pudo decir que no”, remarcó Lunes Lilas, que considera que “es fundamental la ley del sólo sí es sí”, porque “seguimos viendo como el marco judicial califica de abuso conductas que son agresiones”.