La pandemia también ha hecho tambalearse las estadísticas. Así que cuesta recuperar el pulso de las cifras y que estas indiquen una tendencia certera. En ese sentido, todo apunta a que la actividad delictiva ha regresado con más intensidad tras la covid y los indicadores policiales y judiciales dan fe de ello. Sin embargo, no tiene por qué traducirse ese disparo estadístico en un aumento, por ejemplo, de la población penitenciaria a modo de espejo de lo anterior. Para insertar, educar, concienciar, formar y corregir a los delincuentes en los errores propios cometidos, traducidos en esta ocasión en infracciones penales, también existe el servicio de gestión de penas y medidas alternativas, que ha alcanzado el pasado año hasta 2.655 penas. Un tercio de ellas, hasta 863, son por violencia de género, 632 las protagonizan condenados por delitos de seguridad vial y hay 1.160 que son condenados por otros delitos. El 91% del total de beneficiarios de estas medidas alternativas son hombres, mientras que el 9% son mujeres.. Se trata de un servicio dependiente del centro penitenciario, compuesto por un equipo multidisciplinar de educadores y especialistas en psicología y trabajo social que se encarga de coordinar a toda aquella persona a la que se le impone como pena el cumplimiento de un determinado programa o taller formativo (en violencia de género, sexual, en seguridad vial...) o de un trabajo en beneficio de la comunidad, los conocidos como trabajos comunitarios, que se realizan en determinados servicios de los ayuntamientos o de otro tipo de entidades. Si el crecimiento de dichas penas y medidas alternativas (como se hace referencia en la parte inferior del artículo) ha crecido de forma exponencial, no lo han hecho menos las suspensiones de condena. En total, durante 2021, hasta 790 personas evitaron la cárcel a cambio del cumplimiento de este tipo de trabajos en beneficio de la comunidad. Pero es que durante el presente año 2022, aquellos condenados que han visto suspendida su pena de prisión por una medida alternativa ya han superado los 700. Los penados de referencia para los que se antoja idónea esta medida son aquellos que son condenados a menos de dos años de prisión y se trata de delincuentes primarios, es decir, que cometían su primer delito.

Los tipos de delito

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La mayoría de ellos son condenados a trabajos por haber cometido delitos de violencia machista (hasta 342 condenados fueron obligados a realizar programas terapéuticos para agresores de violencia de género) o muchos de ellos reciben penas por tráfico de drogas y se diagnostica que padecen una adicción severa. Para los primeros, aquellos condenados por malos tratos, hay que tener en cuenta que también deben respetar igualmente las penas accesorias como son la prohibición de acercarse y la de ponerse en contacto con la víctima si se decreta en su condena una orden de protección e igualmente tendrá que participar en programas terapéuticos propios del delito que han cometido y que sean formados por tanto en cursos de igualdad. Para aquellos que sufren algún tipo de adicciones, bien drogodependientes o alcohólicos, también se activan los programa de deshabituación de sustancias para que hagan frente a la problemática.

En el caso de que no sea exitoso el cumplimiento de dichas medidas y el servicio informe en sentido negativo al juzgado, este puede revocar la pena alternativa y que entonces el reo tenga que cumplir la pena de prisión que se le había suspendido a cambio de cumplir los trabajos.