El Registro de Parejas Estables (RUPE) del Gobierno de Navarra ya ha inscrito más de 6.000 uniones de este tipo desde junio de 2021 hasta la fecha, siendo más de la mitad procedentes de escrituras notariales, mientras que un 30% se constituyen en el propio registro único del Gobierno foral, ubicado en la calle Monasterio de Irache en el barrio de San Juan (dependencias de la Dirección General de Justicia) y casi otro 20% provienen de los 137 ayuntamientos que ya se han adherido al convenio firmado entre la Federación Navarra de Municipios y Concejos (FNMC) y el Gobierno para dicho servicio.
Durante el año 2022, según figura en la Memoria del Servicio Social de Justicia, se inscribieron 3.518 parejas estables en dicho registro, de las que 1.112 solicitudes se realizaron en las propias oficinas, 1.900 llegaron de escritura notarial y otras 507 procedían de los consistorios adheridos. Entre los ayuntamientos, quienes más gestiones de este tipo ha tramitado ha sido el del valle de Egüés, con 88 uniones inscritas, seguido de Barañáin, con 47; Berriozar, con 36 y Aranguren, con 35. De las parejas constituidas el año pasado, ambos solicitantes tienen nacionalidad española en 2.142 casos, con nacionalidad española y extranjera son 1.185 uniones y ambos extranjeros son en 191 de las inscripciones. Mientras, por género, 3.364 parejas fueron de ambos géneros, mientras que 84 fueron de género masculino en ambos integrantes y otras 70 eran de género femenino. En cuanto al estado civil, en 2.721 casos eran solteros/as, en 536 supuestos había un integrante soltero/a y otro/a divorciado/a, hubo 200 casos en los que eran personas divorciados/as, en 34 había una persona viuda y otra soltera, en 14 parejas una persona era viudo/a y el otro divorciado/a y en ocho casos eran viudos/as.
La Sección del Registro Único de parejas estables de la Comunidad Foral de Navarra proporciona un servicio gratuito, las inscripciones en el mismo son voluntarias y gratuitas, pero sí necesarias a los efectos de prueba y publicidad previstos en la norma que lo regule. El Gobierno foral quiere recordar que todas aquellas parejas que figuraban inscritas en el Registro Fiscal de Parejas Estables y que no hayan regularizado su situación por las vías antes mencionadas antes del 1 de enero de 2024, dejarán de ser equiparadas fiscalmente a los cónyuges puesto que el Registro Fiscal de Parejas Estables dejará de producir efectos a partir de esa fecha.
Aquellas parejas que no estaban inscritas en el Registro Fiscal de Parejas Estables de la Hacienda Foral de Navarra ni están inscritas en el Registro Único de Parejas Estables (RUPE) no podrán tributar de forma conjunta en la Declaración del IRPF del ejercicio del año 2022 ni posteriores. Tampoco podrán ser equiparados a los cónyuges en los Impuestos de Donaciones y Sucesiones y tributarán como extraños sin parentesco y en ningún caso se aplicará a ambos el tipo reducido en el Impuesto de Transmisiones cuando recaiga sobre la vivienda que constituya la residencia habitual de la unidad familiar.
Restricciones de derechos
Por otro lado, aquellas parejas estables que no hayan formalizado el trámite del Registro Único de Parejas Estables por las tres vías señaladas pueden tener dificultades de prueba e impedimentos para ver reconocidos una serie de derechos en diferentes ámbitos. Estos ámbitos serían el de las relaciones privadas entre las personas integrantes de la pareja (derechos familiares y sucesorios, vivienda, hijos, adopciones…), en el ámbito laboral y funcionarial (permisos tanto de unión como de paternidad y maternidad o derechos funcionariales en la Administración Pública de la Comunidad Foral de Navarra), pensiones de viudedad u otros ámbitos como becas, ayudas, subvenciones, cobertura sanitaria de la pareja o subrogación de contrato de vivienda por fallecimiento. En todos estos casos que se detallan aquí, los componentes de las parejas tendrán que acudir a otros medios de prueba para acreditar la unión con los perjuicios que ello conlleva.
Mientras, en el ámbito laboral y funcionarial, si no estás inscrito en el Registro necesitarás de otra prueba para acreditar ante tu empresa que te has constituido como pareja estable a efectos de disfrutar el permiso por constitución que se recoge en muchos Convenios Colectivos, así como permisos laborales por maternidad o paternidad.
Los detalles
Donde inscribirse como pareja. El Registro Único de Parejas Estables de Navarra es el órgano donde puedes manifestar tu voluntad de constituirte como pareja estable y donde puedes inscribirte como tal. Dicho trámite se puede hacer en la sede de la Dirección General de Justicia en Monasterio de Irache 22 de Pamplona y acudiendo a tu Ayuntamiento siempre que el mismo haya habilitado tal posibilidad. También se puede realizar el trámite de constitución como pareja estable en una Notaría, pero luego hay que formalizarlo en el registro único.
Ventajas fiscales: El Gobierno de Navarra quiere recordar que todas aquellas parejas que figuraban inscritas en el Registro Fiscal de Parejas Estables y que no hayan regularizado su situación por las vías antes mencionadas antes del 1 de enero de 2024, dejarán de ser equiparadas fiscalmente a los cónyuges puesto que el Registro Fiscal de Parejas Estables dejará de producir efectos a partir de esa fecha.
Sobre la pensión de viudedad en la pareja estable:
1.- Si no te has inscrito en el Registro y tu pareja fallece necesitarás acreditar mediante documento público la constitución como pareja para reconocimiento de la pensión de viudedad. La inscripción en el Registro facilita la prueba de la existencia de la pareja, así como del período de convivencia. Las inscripciones en los anteriores Registros municipales no sirven a estos efectos: se deberá proceder a la constitución de la pareja bien en el Notario, bien en el Registro Único o los Ayuntamientos adheridos al Convenio con Gobierno de Navarra debiendo hacerse constar en ambos casos el tiempo anterior de convivencia.
2.- Si no estás inscrito en el Registro deberás acreditar por medio de documento público la constitución en pareja con una persona funcionaria, en activo o jubilada, a los efectos de percibir la pensión de viudedad a su fallecimiento.