La justicia restaurativa es ese enfoque que busca abordar la problemática de la delincuencia mediante la reparación del daño causado a las víctimas, promoviendo la rendición de cuentas de los delincuentes por sus acciones y, en muchas ocasiones, involucrando a la comunidad en la resolución de los conflictos. Hoy finaliza el XII Seminario Internacional de Justicia Restaurativa en Pamplona, al que han acudido más de 140 expertos en la materia de 29 países diferentes, que ha abierto varios debates para seguir avanzando.

Maite Virto y Manuel Ledesma, facilitadores de procesos restaurativos y miembros de la Asociación Navarra de Mediación (Aname), impartieron ayer una charla, en el marco del seminario, sobre la justicia restaurativa en violencia en el ámbito del hogar. Ellos trabajan con personas mayores de edad y su intervención se centró en varios aspectos, como el análisis punitivo del Código Penal español y el enfoque social de la intervención, incluyendo su relación con transtornos mentales, adicciones o el modelo educativo intrafamiliar.

Código penal punitivista

Antes de comenzar, Ledesma aclaró que es “mucho mejor” realizar la mediación penal en la fase de instrucción, en lugar de cuando el acusado ya está procesado. Además, según ambos expertos, se debe hacer un análisis crítico del Código Penal, “por su fuerte carácter punitivista”.

En el caso de la violencia en el ámbito del hogar, entre padres e hijos, entre hermanos o entre abuelos y nietos, por ejemplo, el artículo 173 del Código Penal establece que la fiscalía podrá actuar de oficio, y por jurisprudencia del Tribunal Supremo, lleva la orden de alejamiento aparejada. El Alto Tribunal adoptó esta medida para casos de violencia de género, pero ha acabado siendo extendida a todo tipo de violencia intrafamiliar.

Según Virto y Ledesma, la imposición de la orden de alejamiento en casos de familias que han trabajado para solucionar su conflictividad, abocándolos a un periodo que puede llegar a ser de años de separación obligada, “choca con los principios y fines de la justicia restaurativa”. “No se le escucha a la víctima, provoca una revictimización de ésta y el alejamiento se convierte en un mero castigo, sin formar parte de la solución”.

En los casos en los que se realiza la mediación y avanza adecuadamente, imponer la orden de alejamiento no hace más que “aumentar el dolor”. Por eso, solicitan una modificación del Código Penal para tener en cuenta “todo tipo de realidades”.

Enfoque social

Para que la justicia restaurativa pueda materializarse, “es necesario hacer un buen diagnóstico antes de intervenir, para así poder realizar la mejor actuación posible”, explicó Virto. Eso implica “hacer un mapa del conflicto intrafamiliar desde la narrativa de todas las partes”, teniendo en cuenta la versión de la víctima y del victimario, pero también de la familia y los apoyos de ambos.

Además, se deben analizar varios factores que influyen directamente en el conflicto, como son la composición de la familia, las caráterísticas personales de cada miembro y la situación socioeconómica, y también hay factores de riesgo que aumentan la posibilidad de conflictos. Éstos son la baja autoestima, la falta de autonomía para tomar decisiones, la ausencia de normas y límites, transtornos mentales que puede haber y adicciones. “También se observa un claro patrón de género, ya que son los varones los que mayoritariamente agreden a familiares”, explicaron.

Sin emabargo, hay una cosa que está clara: para que la justicia restaurativa pueda materializarse todas las partes del conflicto deben estar por la labor. “Cada persona viene con sus propios objetivos, pero se necesita una cooperación para que éstos confluyan”, y así llegar a buen puerto.