La violencia de género se puede presentar de muchas formas distintas desde las más visibles a las más desapercibidas, entre las que se encuentra la violencia económica, aquella que controla el acceso de la víctima a los recursos económicos. Con el objetivo de visibilizarla, el Civican de Pamplona acogió el lunes una jornada de formación sobre este tipo de violencia para agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado. 

Se entiende por violencia económica de género “la violencia ejercida contra la mujer de forma intencionada para controlar o limitar su acceso a recursos económicos propios o de la unidad familiar”. De este modo, se anula su capacidad económica para mantenerse a sí misma o a su hijos. Con ello, el agresor dificulta la salida del círculo de la violencia. La delegada del Gobierno en Navarra, Alicia Echeverría, destacó que “es una de las mas invisibilizadas pero esta muy normalizada. Según la Macroencuesta de la Violencia Contra la Mujer, la económica es la tercera manifestación de violencia mas común por detrás de la emocional y la psicológica de control”.  

En comparación, con la gran investigación y actuación a todos los niveles del resto de tipos de violencias, “la económica siempre queda atrás. Se suele incluir dentro de la psicológica pero requiere su investigación particular”, según reivindicó Inmaculada Domínguez, Doctora en Economía y principal investigadora del proyecto EcoVio, enfocado en educar sobre esta violencia. 

Domínguez distinguió tres tácticas principales de los agresores para poder así percibirlas y prevenirlas. La primera es el control económico para “controlar a la persona” e incluye actitudes como preguntar en qué gasta su pareja el dinero, tomar decisiones económicas sin consultar utilizar el dinero como forma de castigo o condicionar los gastos a determinados comportamientos. Otra de las facetas es la explotación económica que consiste en “usar los recursos del otro o que deberían ser destinados a gastos comunes para sus propios intereses o acumular deudas a nombre de su pareja, entre otras acciones. Por último, la tercera táctica es el sabotaje laboral. Como indica, incluye la prohibición de trabajar o la obligación de ejercer una jornada partida, pero también “el incumplimiento de la custodia que impida a la otra personas realizar una jornada laboral”.

Como primer paso para evitar esta violencia, Domínguez incidió en la necesidad del romper con el tabú del dinero. “El amor no significa tener confianza ciega en lo económico. Si se habla de dinero, la víctima puede descubrir que actitudes que había normalizado, son formas de violencia”.

“Lo preocupante es que aumenta el número de víctimas tras la separación”

La violencia económica tiene dos factores muy específicos que aseguran el control del agresor, según explicó ayer Ana María Fernández, abogada de la Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas Carmen García Castellón. El primer factor es que repercute en los hijos e hijas de manera directa, mientras que la segunda y, “más preocupante, es que el número de víctimas aumenta tras la separación de la pareja”. 

La persona que ha sufrido cualquier tipo de violencia de género durante la relación suele seguir sufriendo violencia económica después porque “es el único método de control que le queda al agresor”. Lo característico de esta violencia es que “hay muchas mujeres que la empiezan a sufrir cuando comienzan el proceso de divorcio”. 

La forma de violencia más habitual en esta situación es el incumplimiento del pago de gastos necesarios. Fernández describe tres: la hipoteca o gastos comunes, pensiones de alimentación o compensatoria y los gastos extraordinarios. “El impago de estos gastos provoca que la víctima tenga que compensarlos con su propio dinero, si puede, y mantiene la situación de control. Estamos hablando de pensiones de alimentación, condiciona la calidad de vida”, destacó. 

La otra gran consecuencia es el control que sufren los hijos. Los gastos extraordinarios, por ejemplo, incluyen las actividades extraescolares de los hijos, que son los que tienen que renunciar a ellos si no se paga la pensión. La abogada incide en que la tardanza en el pago también supone un tipo de violencia porque genera “incertidumbre y también controla la situación económica de la víctima”. 

Fernández resalta que “es la única deuda civil que puede tener penas de prisión”, pero reivindica la necesidad de que se gestionen a través del Juzgado de Violencia contra la Mujer. De esta manera, “sería mucho más rápido y tendrían acceso a un abogado, que supone un gran coste”. Recuerda que se puede reclamar el impago tras dos meses consecutivos o cuatro alternos, pero critica que prescriben a los 5 años, “algo incoherente con la tardanza en los procesos”.