La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha confirmado una condena de un año de prisión por un delito de lesiones por imprudencia grave a un cazador que en noviembre de 2019 hirió a otro de un disparo en el tórax mientras cazaban en un paraje de Castejón. Al acusado se le impuso además la privación durante 4 años de la tenencia y porte de armas y en concepto de responsabilidad civil fue condenado a indemnizar al herido con 120.000 euros por las lesiones y secuelas causadas. El procesado aceptó en el Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona la pena y los hechos probados, pero sin embargo su defensa apeló a la Audiencia al considerar que el procesado tenía seguro en vigor en el momento de los hechos y que por tanto la entidad aseguradora se tenía que hacer cargo de la responsabilidad civil.

Los hechos ocurrieron sobre las 16.15 horas del 24 de noviembre de 2019 en el término corraliza del Pozo de Castejón. El procesado había acudido en su vehículo junto a la víctima, su amigo, a cazar y recoger setas. Por entonces tenían 38 años. El acusado caminaba por delante del otro varón mientras buscaba setas. Llevaba la escopeta colgada al hombro y con el cañón apuntando hacia atrás. Entonces, como consecuencia de la imprudencia del acusado, la escopeta se disparó y le alcanzó al otro hombre en la zona pectoral y clavícula derecha causándole graves lesiones. Tuvo que ser ingresado en la UCI del Hospital Universitario de Navarra. El arma estaba cargada y con el seguro sin poner.

Tras lo señalado, el acusado llamó a los servicios de emergencia, señaló que su compañero había recibido un disparo, pero no indicó en ningún momento que el disparo lo había realizado él de modo accidental. Del mismo modo, y antes de que llegara la Policía Foral y los servicios médicos, el acusado escondió tanto su escopeta como la funda de la misma, que fueron luego localizadas. Tras detenerle, y al ser sometido a las pruebas de posible consumo de drogas, arrojó positivo en anfetaminas.

Como consecuencia de lo ocurrido, la víctima fue trasladado de urgencia al hospital e ingresó en la UCI. Tuvo que ser operado de ri esgo y finalmente resultó con varias e importantes lesiones en el arco costal, parálisis del hemidiafragma derecho, fractura de clavícula, shock hipovolémico... Requirió de tratamiento médico quirúrgico, se le retiraron los perdigones y estuvo 27 días ingresado en la UCI. Además, tuvo otros 366 días de pérdida moderada de calidad de vida y como secuelas ha sufrido una monoparesia (parálisis) del brazo, una cicatriz muy visible en el pecho y otras cicatrices más. En esa resolución se decía que el procesado ya no tenía seguro en vigor.

LA INDEMNIZACIÓN

La defensa del acusado recurrió este extremo al considerar que sí tenía póliza, suscrita el 27 de octubre de 2016 con duración anual prorrogable. Decía el acusado que el recibo de la anualidad 2018-2019 lo pagó en ventanilla y que él había recibido la tarjeta del seguro del cazador vinculada a la póliza en la que figura la validez desde el 27 de octubre de 2018 al 27 de octubre de 2019. Sin embargo, la Audiencia explica que el recibo del seguro de dicha temporada fue devuelto, “lo devolvió por iniciativa propia lo que evidencia de alguna manera su voluntad de dejar sin efecto el seguro y si bien podía haber hecho un pago extemporáneo, lo cierto es que no existió dicho pago por mucho que asevere que lo hizo presencial”. La Sala recalca que a los dos días de producirse el siniestro procedió a suscribir una nueva póliza y a ello se une que el tomador del seguro ya conocía que la tarjeta de caza no tiene virtualidad alguna si no va acompañada de la anualidad correspondiente.