La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, de la que es ponente la magistrada Ana Llorca, deja un párrafo elocuente del infierno en el que vivió la víctima de los hechos desde que era niña hasta que pasó a la edad adulta. “Cabe decir en el sentir unánime de este tribunal que la víctima dijo la verdad, en una declaración emotiva, mostrándose visiblemente afectada, llorosa al tener que rememorar tan traumática experiencia que ha afectado prácticamente a todo su devenir vital desde que la misma tiene uso de razón. Ninguna sombra de duda empaña la franca credibilidad de su declaración”. Así escriben los jueces sobre la veracidad de su denuncia.
Merced a este testimonio firme y sin fisuras, avalado también por pruebas objetivas, periciales psicológicas y médicas, la Audiencia ha condenado a 14 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a un hombre de 52 años, natural de Marruecos y con nacionalidad española, que violó repetidamente a su hijastra, desde que empezó con abusos y tocamientos a los 10 años hasta la edad adulta, cuando consumó agresiones sexuales llevadas a cabo incluso con violencia física, agarrándole los brazos y tapándole la boca.
El procesado se encuentra en libertad
La víctima presentó denuncia en septiembre de 2023, cuando tenía cerca de 30 años, y después de haber confesado lo que sufría a su tía, la primera persona que la ayudó a salir de aquel infierno: “Este hombre me lleva tocando desde que soy pequeña”, le dijo cuando ya no podía soportar más la situación y lo compartió con ella. Se encuentra en tratamiento psicológico desde entonces por trastorno de estrés postraumático, está de baja médica y sigue teniendo pesadillas con el acusado. Ella no ha podido retomar su vida pasada y le afecta negativamente lo sufrido en todas las esferas. El procesado, que además se encuentra en libertad, negó en el juicio reiteradamente los hechos y que hubiera tenido cualquier relación con ella. Los jueces no le creen ni palabra.
La Audiencia le impone además al acusado diez años más, por encima de la pena de prisión, de orden de alejamiento y de prohibición de comunicación con la víctima, diez años de libertad vigilada y una responsabilidad civil de 60.000 euros.
De forma continuada
Los hechos probados relatan que el acusado convivió formando una misma unidad familiar con la madre de la víctima desde que esta tenía 10 años. Así, aprovechando la autoridad que le confería ser su padrastro, más aún al ser la persona que se quedaba a su cuidado cuando la madre se ausentaba del domicilio para ir a trabajar, primero a modo de juego y aprovechándose de su condición de padrastro, le pedía que le hiciera tocamientos. Estos hechos se produjeron de forma continuada hasta que ella cumplió 15 o 16 años. En un viaje al país de origen del acusado también hizo lo mismo, como había hecho en los pisos en los que habían convivido con anterioridad.
De vuelta a Pamplona, estos hechos se repitieron de forma habitual hasta que la víctima cumplió los 18 años. Entonces, aprovechando los años de abusos y la situación de dominio que había creado sobre la chica, dio un paso más y comenzó con las violaciones, tanto en casa como en un local que regentaba. Conforme fue tomando conciencia de lo que estaba sucediendo, ella se negaba de forma expresa y se oponía con patadas y gritos, y él la agarraba y le tapaba la boca para lograr su propósito. La Sala considera que ha quedado acreditada una conducta delictiva del acusado mantenida en el tiempo.