El TSJPV anula la multa de 40.000 euros por la presencia de larvas en un menú escolar de una ikastola de Araba
El alto tribunal vasco desestima otras denuncias sobre el servicio de la empresa de catering y condena además a la administración al pago de los costes del proceso
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha fallado a favor de la empresa de catering Serunión al anular una multa de 40.000 euros que el Departamento de Educación le había impuesto por la supuesta presencia de larvas en un menú escolar de una ikastola en Arratzua-Ubarrundia, Araba.
Además, el alto tribunal ha condenado a la administración al pago de las costas del proceso, limitadas a 3.000 euros.
Resolución judicial y argumentos del fallo
La sentencia, fechada el pasado 7 de febrero y ya firme al no haberse presentado recurso de casación en el plazo de 30 días, concluye que no existen pruebas suficientes que acrediten que la supuesta presencia de gusanos en los macarrones y la tortilla francesa del menú escolar tuviera trascendencia directa para la salud.
Si bien la administración alegó la presencia de estos organismos sin haber identificado la especie concreta, Serunión argumentó que se trataba de "microorganismos naturales cuya inocuidad estaría demostrada". La empresa reconoció la existencia de "material genético" del insecto Plodia interpunctella en las muestras analizadas, pero sostuvo que ello no implicaba un riesgo para la salud, una postura que el tribunal ha validado debido a la falta de informes que demuestren lo contrario.
Falta de pruebas sobre otras deficiencias
En relación con otras denuncias sobre el estado de los alimentos y la calidad del servicio de comedor, el tribunal ha determinado que las acusaciones carecen de "sustento probatorio". Según la resolución, no se han aportado elementos que contradigan los informes presentados por Serunión, elaborados por el departamento de Calidad de Biotecnal y un profesor titular de Zoología de la Universidad de Valencia.
Acuerdo para la resolución del contrato
A pesar de la absolución de la multa, ambas partes acordaron "de mutuo acuerdo" la resolución del contrato de elaboración, transporte y entrega de comidas preparadas para los comedores de gestión directa de los centros educativos de Araba. La decisión busca cerrar el conflicto y garantizar un mejor control de la calidad del servicio en el futuro.
En relación a los incumplimientos que Educación también argumentó sobre "quejas previas" por el servicio de comida y su "mal estado", el tribunal considera que se trata de "afirmaciones que carecen de sustento probatorio". Por todo ello, se estima el recurso contencioso-administrativo de la demandante y anula la resolución impugnada por no ser "conforme a derecho".
Temas
Más en Sociedad
-
Amazon busca pueblo para celebrar la tercera edición de ‘Las Fiestas Prime Day’. ¡Puede ser el tuyo!
-
Luz verde del Gobierno de Navarra a la OPE parcial de 603 plazas en Administración Núcleo y Salud
-
Gobierno de Navarra y UPNA firman el convenio de financiación hasta 2028 de casi 400 millones
-
Detenidos tres menores por una brutal agresión a un joven de 13 años en Mataró