El Tribunal Constitucional (TC) ha iniciado este martes el debate sobre la denominada 'Ley Trans' impulsada por la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero, con la intervención de varios magistrados que, en su mayoría, han expresado su rechazo al borrador redactado por el ex ministro socialista Juan Carlos Campo, que propone avalar sus puntos esenciales. Las deliberaciones continuarán el miércoles con la expectativa de elaborar un nuevo texto que concite el apoyo mayoritario.

Estaba previsto que, en el Pleno que se celebra esta semana, el TC estudiara el recurso del PP contra varios artículos de la Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI, en base a la ponencia elaborada por Campo que hace "algún cuestionamiento" menor pero aboga por validar la norma jurídica en lo fundamental.

Fuentes jurídicas ya auguraban que el debate sería intenso porque esta vez no había consenso en la mayoría progresista. Las diferencias en el bloque mayoritario fueron en aumento, con la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, y la magistrada María Luisa Balaguer como principales voces críticas. Así las cosas, el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, llegó a sopesar retirar el asunto del orden del día para "repensar" la ponencia en busca de los apoyos necesarios.

Sin embargo, finalmente decidió mantener el orden del día y someter la ponencia de Campo al debate del Pleno, pero solo como una "primera aproximación", por lo que no se votará, de acuerdo con las fuentes consultadas por Europa Press. El objetivo es recabar las opiniones de los magistrados, especialmente de estas magistradas --expertas, además, en la materia a tratar--, para redactar una nueva ponencia capaz de sumar votos suficientes.

El debate ha comenzado en la sesión de este martes con la intervención del propio Campo, que se ha limitado a ratificar la posición reflejada en la ponencia, si bien ha manifestado su interés por escuchar a los demás magistrados, dada la controversia suscitada.

También han tomado la palabra los magistrados del bloque conservador --Enrique Arnaldo, César Tolosa, José María Macías y Concepción Espejel--, que han mostrado su rechazo, no solo a la ponencia, sino a los puntos clave de la 'Ley Trans', y los magistrados progresistas Ramón Sáez, Laura Díez --que han trasladado un apoyo matizado-- y María Luisa Segoviano.

Quedan pendientes para el miércoles, precisamente, las intervenciones de Balaguer y Montalbán, que son las más esperadas entre sus colegas, así como las de Conde-Pumpido y el veterano del sector minoritario, Ricardo Enríquez.  

EL RECURSO DEL PP

En concreto, el PP ha recurrido el artículo 19.2, que permite la modificación genital en menores de 12 años cuando las "indicaciones médicas" así lo "exijan (...) en aras de proteger la salud de la persona"; y en menores de entre 12 y 16 años, cuando lo pida el propio menor y "siempre que, por su edad y madurez, pueda consentir de manera informada".

Los de Alberto Núñez Feijóo han impugnado también los dos primeros apartados del artículo 43, que permite que los menores de 15 y 16 años puedan pedir el cambio de sexo en el Registro Civil asistidos de sus representantes legales y que las personas mayores de 16 años puedan pedirlo por sí mismas.

De la misma forma, han atacado los apartados 3 y 9 del artículo 44, que para realizar dicho trámite exime de presentar informe médico o psicológico y de "la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole".

Han recurrido también el artículo 47, según el cual "transcurridos seis meses desde la inscripción en el Registro Civil de la rectificación de la mención registral relativa al sexo, las personas que hubieran promovido dicha rectificación podrán recuperar la mención registral del sexo que figuraba previamente" siguiendo el mismo procedimiento.

Las tachas del PP se han dirigido asimismo contra el apartado 3.b) del artículo 79, que señala como infracción administrativa "la realización de actos o la imposición de disposiciones o cláusulas en los negocios jurídicos que supongan, directa o indirectamente, un trato menos favorable" para las personas 'trans' "en relación con otra persona que se encuentre en situación análoga".

Y contra los apartados 4 e) y f) del mismo precepto, que definen como infracciones administrativas graves "la elaboración, utilización o difusión en centros educativos de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales"; y "la convocatoria de espectáculos públicos o actividades recreativas que tengan como objeto la incitación a realizar conductas tipificadas como graves o muy graves".   

LA PONENCIA DE LA DISCORDIA

Según fuentes jurídicas, Campo únicamente propone declarar inconstitucionales estos dos últimos supuestos de infracciones administrativas al considerar que son restricciones desproporcionadas.

Respecto al artículo 19.2, propone una interpretación conforme, que permite salvar la constitucionalidad del precepto siempre que se interprete del modo indicado. En este caso, que para la modificación genital en menores de 12 años haya "una necesidad médica especialmente cualificada, ligada a la preservación de la vida o la integridad física".

Este punto es uno de los objetos de debate. Las fuentes preguntadas aseguran que nadie en la sede de Domenico Scarlatti defiende la literalidad de la ley, por cuanto los magistrados creen que una modificación genital en menores de 12 años debe contar con un mayor aval que simples "indicaciones médicas", ya que se trata de un cambio "irreversible". En este sentido, las fuentes subrayan que así se pronuncian todos los textos internacionales sobre la materia.

Por eso, desde el sector conservador se cuestiona que la "clara inconstitucionalidad" del 19.2 pueda esquivarse con la interpretación conforme que plantea el que fuera ministro de Justicia del Gobierno de Pedro Sánchez.

Sin embargo, el principal escollo --de la ponencia y de la ley-- es la libre autodeterminación del sexo, no solo por la inseguridad jurídica que pueden generar los cambios registrales basados en la mera voluntad, sino por las implicaciones que ello tiene en el concepto de mujer y en los derechos asociados, especialmente los destinados a garantizar la verdadera igualdad.

Dada la intensidad del debate planteado, que excede la controversia en torno a la ponencia de Campo, las voces más escépticas advierten de que el borrador actual podría retirarse, no para elaborar un texto capaz de convencer a la mayoría de los magistrados, sino para "dormir el sueño de los justos".