En la sentencia conocida esta semana, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) da un revolcón al criterio que venía asentado en los órganos judiciales navarros de la jurisdicción social y les indica claramente que el cambio de criterio que habían efectuado desde principios de 2024 se debe a una “una incorrecta comprensión” de la doctrina del propio Tribunal Supremo en esta materia.

Abuso en la contratación

Según el abogado José Luis Beaumont Aristu, que ha llevado el asunto de la docente del Conservatorio Pablo Sarasate hasta el Alto Tribunal, “la decisión del máximo órgano judicial de la jurisdicción social deja en muy mal lugar a las distintas Administraciones Públicas que durante años han venido abusando de esta contratación administrativa temporal de miles de empleados públicos, y que además desde principios de 2024, hasta ahora, habían recuperado la tranquilidad y la impunidad de creerse y saberse inatacables en la vía judicial laboral”.

Ahora por el contrario, según afirma el abogado navarro, con esta decisión del Tribunal Supremo, “las armas judiciales están de nuevo en las manos de los trabajadores públicos víctimas del abuso en la contratación temporal, lo que abre definitivamente las puertas a centenares o miles de ellos, singularmente –aunque no sólo– a los que se integran en el sector docente y sanitario navarro, a denunciar en los Juzgados de lo Social navarros las irregularidades y abusos en sus contrataciones temporales plurianuales”, declara el letrado.