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Condenado a dos años de prisión por agredir sexualmente a un menor en un autobús en Tierra Estella

El acusado no cumplirá la pena a condición de que no cometa otro delito en tres años

Condenado a dos años de prisión por agredir sexualmente a un menor en un autobús en Tierra EstellaIñaki Porto

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado de conformidad a dos años de prisión a un varón de 65 años, oriundo de Burgos y domiciliado en San Sebastián, que no cuenta con antecedentes penales, por cometer agresiones sexuales en forma de tocamientos sobre un menor de edad, al que, además, amenazó. Los hechos se produjeron entre marzo y abril de 2024 y la víctima fue un joven que por aquel entonces tenía 15 años y con el que se encontró en varias ocasiones mientras realizaban un trayecto en autobús en la zona de Tierra Estella.

Los hechos probados

La sentencia considera probado que el día 1 de marzo de 2024, el encausado, que se encontraba en el interior del medio de transporte, se dirigió hacia el menor y, tras tocarle la mano con “claro ánimo libidinoso” y después de decirle que era muy guapo, le facilitó su número de teléfono, mientras le comentaba que si necesitaba algo que le llamara. Acto seguido, le dio la dirección de su domicilio. A continuación, una semana después, el 8 de marzo, tanto el acusado como la víctima volvieron a encontrarse realizando el mismo trayecto en autobús y se repitió la conducta sexual por parte del condenado: se sentó junto al menor, le puso la mano en la entrepierna sin llegar a pasar de ahí. Como consecuencia de esto, el joven le apartó la mano y le expresó su sorpresa e irritación.

Finalmente, el 9 de abril de 2024, ambos se reencontraron realizando el mismo itinerario y, de nuevo, el acusado se sentó junto al adolescente, con ánimo lúbrico le tocó la entrepierna, puesto que el menor le retiró la mano. Tras esto, bajaron del autobús y, una vez en la calle, comenzaron una discusión en la que se profirieron insultos mutuos. Además, llegó un momento en el que el encausado le levantó la mano con el puño cerrado, mientras le dijo que le iba a propinar una paliza. No le llegó a golpear. Por ello, la sentencia le condena, además de por el delito continuado de agresión sexual, por amenazas leves.

Por todo esto, la Sección Segunda de la Audiencia condena al varón de 65 años a una pena de dos años de prisión, se le impone la medida de libertad vigilada por tiempo de seis años y no deberá aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar en el que este se encuentre durante los próximos cuatro años. En lo que respecta al delito por amenazas leves, tendrá que pagar una multa de 320 euros. En cuanto a la indemnización al joven de 15 años, el progenitor del menor ha renunciado a las acciones civiles que pudieran corresponder a su hijo. Con todo, se ha acordado la suspensión de la pena privativa de libertad, es decir, no ingresa en la cárcel para cumplir los dos años a condición de que no cometa otro delito en los próximos tres años.