La Audiencia Provincial de Navarra ha dado la razón a los propietarios de una vivienda ocupada en Murillo el Fruto y ha determinado que el rechazo por parte de los okupas del burofax enviado para intentar una mediación previa es suficiente para cumplir con el requisito legal exigido antes de presentar una demanda.
La resolución, recogida en el auto 126/2026, revoca así la decisión adoptada en diciembre del año pasado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Tafalla, que había inadmitido la demanda al entender que no se había acreditado adecuadamente el intento de negociación extrajudicial.
La sociedad propietaria del inmueble interpuso la demanda frente a los ocupantes ilegales de la vivienda ubicada en la localidad navarra. Junto al escrito judicial, la empresa aportó el justificante del envío de un burofax con una propuesta de mediación, si bien la comunicación figuraba como no entregada al haber sido rechazada por sus destinatarios.
El juzgado tafallés consideró entonces que, al no constar la recepción efectiva del burofax, no se cumplía el requisito de procedibilidad establecido por la normativa vigente y acordó no admitir a trámite la demanda.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Navarra ha corregido este criterio. La Sala concluye que el envío del burofax constituye un medio válido para acreditar el intento de alcanzar un método adecuado de solución de controversias (MASC).
Además, subraya que la negativa de los ocupantes a recoger la comunicación demuestra de forma clara su falta de disposición a explorar una solución amistosa al conflicto.
Para los magistrados, esa conducta basta para entender satisfecho el requisito previo exigido por la ley, por lo que estiman el recurso de apelación presentado por la propiedad y ordenan al juzgado que admita la demanda y continúe con su tramitación. La Audiencia no impone las costas del recurso a ninguna de las partes.
El auto aclara que, cuando los ocupantes rechazan de forma expresa el intento de mediación, ese simple hecho puede ser suficiente para abrir la vía judicial.