La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 3 años y 6 meses de prisión a un acusado que llevaba 995,12 gramos de cocaína ocultos en un paquete embalado dentro de un doble fondo del salpicadero del coche. La droga podría alcanzar un valor de 59.111 euros en el mercado ilícito.

Según recoge la sentencia, dictada de conformidad tras un acuerdo entre el fiscal y la defensa, el procesado, de 31 años y de nacionalidad marroquí, no ingresará en prisión para cumplir la condena a condición de que no vuelva a delinquir en durante 3 años y se someta a tratamiento de deshabituación de las drogas.

En la determinación de la pena, al inculpado se le ha estimado la atenuante de drogadicción.

El encausado, Y. C., circulaba sobre las 17.20 horas del 29 de mayo de 2020 por la carretera AP-68, en el kilómetro 208, en el término municipal de Tudela, cuando fue interceptado por la policía. En el registro efectuado al vehículo, los agentes encontraron la droga oculta en el citado lugar.

El kilo de cocaína incautada, que estaba destinado a su venta, tenía una pureza del 44,2%.

El acusado estuvo en prisión provisional desde 30 de mayo hasta el 11 de diciembre de 2020.

En el momento de la comisión de los hechos, el procesado padecía "una situación de grave dependencia a las drogas (cocaína, speed y alcohol) de varios años de evolución, que le ocasionaba una merma importante de su capacidad volitiva y cognitiva en su conducta en todos aquellos actos tendentes a obtener dinero para comprar las sustancias que precisa".

En la sentencia, el tribunal ordena la total destrucción de la cocaína incautada, así como el decomiso del dinero hallado y de los diversos utensilios utilizados para el pesaje y manipulación de la droga detraídos al inculpado.

El día del juicio, señalado para el pasado 27 de abril, el abogado defensor solicitó, tras el acuerdo alcanzado con el Ministerio Fiscal, la suspensión de la pena de prisión impuesta por un delito contra la salud pública para que el condenado pudiera continuar en un centro de Vizcaya el tratamiento que había seguido en la cárcel.

Esta petición fue aceptada por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra con la advertencia expresa de que se podría revocar y ordenar la ejecución de la pena privativa de libertad si el penado abandona el tratamiento antes de su finalización o si vuelve a cometer otro delito en el plazo de 3 años.