La violación grupal en la casa de los horrores de la calle Jarauta, un piso okupado del número 13 en el que se cometieron delitos durante meses de toda índole, ya tiene sentencia. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a Gorka P.G., Pachi L.C. y Cristophe G.F. a 6 años de prisión a cada uno de ellos por un delito de abuso sexual con acceso carnal, en el que se les ha aplicado la atenuante de drogadicción. El tribunal les ha absuelto de la acusación que se mantenía contra ellos también como cooperadores necesarios en los abusos cometidos entre ellos y ha absuelto a un cuarto acusado, que fue juzgado por agresión sexual y al que le pedían 9 años de cárcel. También han sido condenados a una orden de alejamiento durante diez años, así como a libertad vigilada durante seis años, y a indemnizar a la víctima con 50.000 euros por los daños morales y perjuicios causados.

Los encausados negaron en el comienzo del juicio haber cometido los abusos y agresiones sexuales denunciados y manifestaron que los hechos fueron consentidos. Sin embargo, debido a las pruebas videográficas de las cámaras de la calle en la que se le veía a la joven víctima en un estado de evidente embriaguez y practicamente inconsciente, desbarató los argumentos de los acusados, que manifestaron que ella controlaba sus actos en todo momento.

LOS HECHOS DE 2019

Los sucesos denunciados ocurrieron el 4 de abril de 2019 cuando sobre las 5.30 horas, el acusado Gorka P. se encontró con la víctima, comenzaron a conversar y aprovechando el estado de embriaguez que ella presentaba, le ofreció llevarle a su casa, siendo ésta el edificio okupa de la calle Jarauta número 13 de Pamplona. El acusado y la joven fueron al inmueble, un edificio ocupado por multitud de personas siendo muchos de ellos toxicómanos. En junio de ese mismo año, a continuación de estos hechos, el edificio fue tapiado por operarios del Ayuntamiento de Pamplona.

Cuando el acusado Gorka P. y la víctima llegaron al interior del inmueble, los acusados Pachi L. y Cristophe G. conocieron a la joven, consumieron todos juntos más alcohol y sustancias estupefacientes, de tal modo que el estado de la mujer se agravó, encontrándose de forma evidente y notoria, en estado de embriaguez y muy afectada por las drogas y el alcohol.

Los acusados, conscientes del estado de influencia etílica y por las sustancias que le habían dado que la víctima presentaba, que era incapaz de prestar un consentimiento válido para mantener relaciones sexuales, sin que ella en ningún momento hubiese consentido las mismas, ya que se encontraba con la conciencia y la voluntad anuladas o gravemente disminuidas, subieron al piso 5º derecha del inmueble, y con ánimo lascivo y libidinoso, la desnudaron y abusaron de ella uno detrás de otro.

En un momento dado, la víctima recuperó la consciencia de su estado, se percató que estaba semidesnuda, sin ropa de cintura para abajo, sin sujetador y sin zapatos, vestida solo con una camisa; y constató el lugar donde se encontraba: en una habitación donde había un sofá, con dos varones desconocidos desnudos, sin pantalones, que consumían marihuana.

A continuación, los acusados llevaron a la mujer a una habitación en el tercer piso, en cuyo interior se encontraba el también acusado J.A.J.M., donde ella permaneció durante mucho tiempo indeterminado. La Audiencia absuelve sin embargo del delito de agresión sexual que se le imputaba a este procesado y entiende que no se ha podido acreditar que actuara con violencia e intimidación.