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¿Por qué se absolvió a El Mourabit tras su detención en Pamplona en 2019?

Fue arrestado en la capital navarra a bordo de un camión por reincidir en el yihadismo

¿Por qué se absolvió a El Mourabit tras su detención en Pamplona en 2019?Archivo

En plenos Sanfermines de 2019, una intervención de la Guardia Civil en el polígono Agustinos de Pamplona, cerca del hipermercado Eroski, terminó con la detención de un camionero, que dormía en la cabeza tractora del vehículo, acusado de reincidir en su radicalización islámica. Se trataba de Allal El Mourabit Ahammar, condenado a tres años de cárcel en la Audiencia Nacional por enaltecimiento del terrorismo y haber intentado desplazarse a Siria. Esa sentencia condenatoria se produjo pocos meses antes de su detención en la capital navarra pero aquella resolución no significó sino la puesta en libertad del acusado, que ya había estado dos años en prisión preventiva y por tanto ya había cumplido la mitad de la pena que le fue finalmente impuesta.

Sin embargo, El Mourabit, que siempre fue considerado un tipo peligroso y que estaba bajo el radar policial, no acabó de nuevo entre rejas puesto que la Sala de lo Penal de la AN le absolvió de los delitos que llevaron a juzgarle en noviembre de 2020 por el material que se le encontró en la capital navarra cuando estaba estacionado con su tráiler. La Fiscalía le pedía cinco años de prisión en ese procedimiento, pero el tribunal consideró que los hechos no eran constitutivos de delito, puesto que había recopilado información para su consumo personal sin llevar a cabo ninguna otra actividad distinta de la tenencia de vídeos.

Es decir, no se le absuelve porque se le juzgara por los mismos hechos por los que había sido condenado en 2018, como pueden leer en informaciones de otros medios. En realidad, entre 2018 y 2019 los investigadores hallaron abundante material que El Mourabit compartió o elaboró en redes sociales, como vídeos, imágenes y reproducciones de varios pasajes del Corán, que también escribía a mano en una libreta. Pero dichas acciones, muchas de ellas obtenidas a través de fuentes de datos abiertas y públicas.

Cronología del caso El Mourabit.

Si bien en el informe policial del acusado se afirmaba que "había desarrollado desde su salida de prisión el 15 de noviembre de 2018 una reiterada búsqueda, consumo, interiorización y asimilación de todo tipo de contenido, con el objetivo último de interiorizar, y afianzar el conocimiento y profundizar en su proceso de radicalización", el tribunal consideró que esas evidencias "ello sin más no rellena las exigencias del delito de autoadoctrinamiento".

Son imágenes y vídeos de acceso público, en abierto, de modo que cualquier puede visualizarlos y en algunos de los acasos, si en su día pudieran ser suministrados desde una agencia próxima a la organización Al Qassam o que en otros vídeos mantengan la marca de agua de dicha organización, no significa que esa haya sido la forma de hacerse con su contenido por parte del acusado, sentenció la Audiencia Nacional, al que le llegó el material a través de un usuario de las redes abiertas. Por ello, el tribunal consideró que "no estaba acreditado que la conducta del acusado se orientara primordialmente a validar acciones terroristas o a sus autores, incitando de forma alguna a su provocación".