La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado una condena de dos años y siete meses de prisión para el propietario de dos establecimientos kebab, uno de ellos de Peralta y otro de Pradejón (La Rioja), por un delito de favorecimiento de la inmigración ilegal y un delito contra los derechos de los trabajadores por explotar laboralmente a dos empleados pakistanís en sus locales. Además, le imponen una multa de 2.400 euros en una condena en la que le rebajan la condena al concurrir la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, por el tiempo que ha tardado en juzgarse el procedimiento.

A través de Grecia y buscando mano de obra barata

El tribunal acredita que el acusado tenía los dos establecimientos mencionados y que, para obtener mano de obra barata, "contactaba por teléfono con personas residentes en Grecia u otros lugares que se dedicaban, previo pago de una cantidad de dinero, a facilitar la entrada irregular en España de súbditos paquistaníes. Así, en abril de 2021, tras contactar con dichas personas en Grecia y después de que una de las víctimas de explotación hubiera pagado la cantidad de 4.500 euros, se acordó que este viniera a España y trabajara para el acusado. De esta forma llegó al aeropuerto de Barajas, acompañado por un ciudadano paquistaní residente en Grecia, que le facilitó una documentación original de un ciudadano indio que residía en Grecia y logró superar todos los controles administrativos. Una vez en Madrid fueron recogidos por el acusado en su coche y les trasladó a Peralta.

La víctima pasó a residir en un piso del procesado y, dado que debía pagar la deuda que tenía con el procesado, se vio obligado a trabajar en los dos locales. El acusado le tuvo trabajando para él sin darle de alta en la Seguridad Social, sin remuneración alguna y trabajando desde las 11.00 hasta las 23.00 horas, sin descanso semanal, comiendo en el establecimiento y creándose una total dependencia de él, sin poder disponer de las llaves de la vivienda, ni de su pasaporte, siempre bajo su control.

Otro contacto por redes sociales

También quedó probado que el encausado contactó por Facebook con otro ciudadano pakistaní en situación irregular en España, que residía en Barcelona, y le ofreció trabajar en sus kebab. En 2021 llegó a Peralta y empezó a trabajar para el acusado en las mismas condiciones que el anterior, sin ser dado de alta, con jornadas larguísimas de trabajo y sin remuneración. La sentencia destaca que el acusado no realizó ningún acto para regularizar la situación de ambos trabajadores.

La sentencia condenatoria fue impuesta en primer lugar por el Juzgado de lo Penal 2 de Pamplona y el acusado la recurrió. Sin embargo, la Audiencia avala la resolución y deja claro que las víctimas de la explotación laboral trabajaban para el encausado, sin contrato, ni regularización, conociendo y valiéndose de su situación para imponerles largas jornadas de trabajo sin descanso diario y semanal y sin que se haya acreditado que percibieran ningún salario. La Sala comparte el criterio de que se trataba de una explotación laboral. "Se trata de una conclusión lógica, estructurada y sólidamente fundada en datos objetivos", concluye.