El TSJN confirma la expulsión de un acusado que apuñaló 11 veces a otro hombre en Tierra Estella
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN considera, al igual que la Audiencia Provincial, que el acusado tuvo intención de matar, por lo que mantiene el delito de homicidio en grado de tentativa en lugar del de lesiones, como apelaban el fiscal y la defensa
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia dictada el pasado enero por la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que condenó a 3 años de prisión a un acusado que asestó 11 cuchilladas y dos palazos en la cabeza a otro hombre en una localidad de Tierra Estella.
En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, los magistrados ratifican que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa, en contra de lo apelado por el fiscal y la defensa, que propugnaban la existencia de un delito de lesiones con instrumento peligroso.
El inculpado, natural de Marruecos, no podrá acercarse al denunciante a menos de 200 metros durante 4 años y deberá indemnizarle con 14.560 euros por las lesiones y secuelas.
Asimismo, la Sala ha corroborado la decisión adoptada por la Audiencia, que en su sentencia acordó la sustitución de la pena de prisión por la expulsión de España del condenado por un plazo de 7 años, al carecer de arraigo, es decir, de cualquier tipo de vinculación familiar o laboral.
Sobre las 7.30 horas del 4 de septiembre de 2022, el denunciante invitó al encausado a su domicilio, situado en una localidad de Tierra Estella. Según recoge la resolución judicial, ambos no se conocían y se desconoce el motivo por el cual fueron juntos a la casa.
Momentos antes de las 10.50 horas, y sin que haya quedado acreditado qué sucedió en ese intervalo, el procesado se despertó desnudo en la cama del otro hombre, quien también estaba desnudo.
En ese momento se inició una discusión, en la que el acusado, “con intención de acabar con la vida” del otro hombre “por lo que había sucedido”, cogió un cuchillo y se lo clavó en once ocasiones.
La víctima salió arrastrándose de la vivienda, momento en el que el inculpado le golpeó dos veces en la cabeza con una pala de construcción que había en la casa.
Posteriormente, el agresor se quedó en el lugar y solicitó a terceras personas que llamaran a la policía y a los servicios sanitarios para auxiliar al herido.
Un cuchillo de considerables dimensiones
Tanto la fiscalía como la defensa recurrieron la calificación jurídica del acuchillamiento al considerar que el procesado no tuvo intención de matar, ya que cesó voluntariamente cuando podía haberlo rematado en el suelo.
Sin embargo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN sostiene que la finalidad homicida apreciada en la acción del acusado “es acorde, por otro lado, con el tipo de instrumentos utilizados en la agresión, un cuchillo de considerables dimensiones y una pala de obra, ambos idóneos para matar”.
“Y la propia reiteración de los actos atacantes, tratándose de once cuchilladas, aun dirigidas a órganos no vitales, seguidas de un golpe fuerte en la cabeza, propinado con una pala de construcción, de considerables dimensiones, según reflejan las fotografías obrantes en el acta de inspección ocular, hallándose en el suelo la persona que lo recibió, se corresponde con la búsqueda de la muerte”, subrayan los magistrados.
Respecto al desistimiento, los jueces rebaten que fuera “libre y voluntario”. A su juicio, el cese tuvo lugar una vez en la calle, cuando el último palazo propinado por el encausado fue observado por una persona, y después de ser requerido por otras dos para que dejase la pala.
Asimismo, la Sala rechaza la existencia de la legítima defensa invocada por la defensa y mantiene la decisión de sustituir la pena de prisión por la expulsión del territorio nacional del penado por su falta de arraigo.
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