La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado de conformidad a G.N.P.P., vecino de Muneta (Valle de Allín) y ahora de 48 años, como autor del acuchillamiento en el pecho a un joven estellés mientras se celebraban las fiestas de la pequeña localidad de Tierra Estella en septiembre de 2024. El condenado por un delito de intento de homicidio se encontraba en prisión provisional desde que fue arrestado en el momento de los hechos. Cuando ingresó en prisión también se le investigó por un delito de tenencia de armas prohibidas, puesto que en su domicilio le fueron encontradas varias armas de fuego sin que tuviera licencia para ello y constándole además una prohibición expresa para su uso. El acusado aceptó además el pago de una responsabilidad civil de 24.764 euros y se le impusieron además seis años de alejamiento y de prohibición de comunicación con la víctima. Igualmente se le impone otra multa 240 euros por un delito leve de lesiones a otro amigo de la víctima.

La víctima, un joven estellés que entonces tenía 22 años y que tuvo que ser ingresado en la UCI del Hospital Universitario de Navarra por las graves heridas que sufrió, también ha sido condenado a dos años de prisión por un delito de lesiones al haberle propinado una patada en la cara al encausado, antes de que este le acuchillara. Su pena de dos años ha sido suspendida a condición de que no vuelva a cometer un delito en los dos próximos años y después de haber pagado la indemnización al acusado de 1.950 euros.

Según el relato de hechos con el que se conformaron las partes, en la madrugada del 8 de septiembre de 2024, el acusado, con antecedentes penales cancelables a efectos de reincidencia, se encontraba, en compañía de un amigo, en la carpa que se había colocado en la zona del frontón de Muneta, con ocasión de las fiestas de la localidad. En el mismo lugar, se encontraba la víctima, en compañía de dos amigos.

Una pelea en el frontón

En un momento dado, los dos grupos de personas se pusieron a hablar entre ellos, y con una chica que estaba en el mismo lugar. Sobre las 6,00 horas, el procesado, molesto porque uno de los amigos de la víctima le estaba dando unos golpecitos en el pecho mientras le hablaba, le dio un puñetazo en el pecho a la vez que le empujaba. A continuación, el acusado le dio una bofetada al joven estellés, comenzando una pelea entre los dos en la que cayeron al suelo. Los presentes procedieron a separarlos. Tras ser separados, el principal procesado quedó sentado en el suelo; esto fue aprovechado por el joven que estaba de pie, para darle de forma sorpresiva una patada en la cara.

Toda vez que ocurrió lo anterior, G.N.P. se fue fuera de la carpa y detrás de él salió la víctima. Una vez fuera comenzaron una nueva pelea. Durante la misma, el encausado sacó una navaja y con ánimo de acabar con la vida del estellés le asestó una puñalada en el pecho. Como consecuencia de estos hechos, el procesado sufrió lesiones consistentes en edema orbitario izquierdo y fracturas maxilares, así como de una costilla. Tardó en curarse 38 días, de los cuales, 8 fueron de pérdida moderada de calidad de vida y 30 de perjuicio personal básico.

Por su parte, el acuchillado sufrió lesiones de riesgo vital, consistentes en una herida incisa profunda en hemitórax izquierdo a la altura de la segunda costilla; hipoventilación en campo izquierdo; hemoneumotórax masivo izquierdo y shock hipovolémico. Precisó una trasfusión urgente de 5 paquetes de sangre y 1 paquete de plasma y precisó para su curación de 70 días, de los cuales 4 fueron de pérdida de calidad de vida muy grave; 6 de perdida de calidad de vida grave; 30 de pérdida de calidad de vida moderada y 30 de perjuicio personal básico. Le ha quedado como secuela un perjuicio estético moderado.

En el momento de los hechos ambos acusados se encontraban influenciados por la ingesta de bebidas alcohólicas, recoge la resolución, por lo que les aplican la atenuante de embriaguez, que les rebaja la pena por los hechos cometidos.