madrid - El presidente de la Sala del Tribunal Supremo que juzgará el procés independentista en Cataluña, Manuel Marchena, ha remitido un oficio al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, solicitando que los nueve acusados en este procedimiento que se encuentran en prisiones catalanas sean trasladados como muy tarde en la última semana de enero para garantizar su presencia en el juicio, que aún no tiene fecha.

La solicitud de Marchena -no especifica los centros penitenciarios, aunque previsiblemente tendrán que estar situados en Madrid-, afecta a nueve de los doce acusados en el Supremo por el procés, que se encuentran en prisiones catalanas, a donde fueron trasladados desde varias cárceles de Madrid el pasado mes de julio. El exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras, el exlíder de ANC Jordi Sànchez; el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart; y los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Joaquim Forn se encuentran actualmente en la prisión de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona). La expresidenta del Parlament Carme Forcadell está en Mas d’Enric (Tarragona) y la exconseller Dolors Bassa en Puig de les Basses, en Figueres (Girona).

Marchena recuerda que la causa se encuentra en un momento procesal en el que ya se han presentado los escritos de acusación y está a punto de vencer el plazo de presentación de los de las defensas, de forma que el juicio, cuya fecha está próxima a fijarse, será dentro de unas semanas.

El juez menciona el artículo 664 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que, una vez señalada la vista oral, “los procesados que se hallen presos sean inmediatamente conducidos a la cárcel de la población en que haya de continuarse el juicio”. El Reglamento Penitenciario sustituye la inminencia a la que se refiere la Lecrim por una “antelación mínima de treinta días”.

El Supremo entiende que ni la celeridad de la Lecrim ni el plazo de un mes pueden ser concebidos como “exigencias temporales en detrimento de la seguridad” necesaria en el traslado de los presos en unas condiciones que respeten su dignidad y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. Por ello, Marchena pide que los presos se encuentren en Madrid a disposición del tribunal la última semana de enero y solicita al ministro que comience los trámites oportunos para ello.

Por su parte, el conseller de Interior de la Generalitat, Miquel Buch, explicó ayer que su departamento se ha ofrecido a que sean los Mossos d’Esquadra quienes hagan el traslado de los líderes independentistas presos en cárceles catalanas a las prisiones correspondientes en Madrid. Buch puntualizó sin embargo que quien decide qué cuerpo de seguridad lleva a cabo el traslado es el propio magistrado Manuel Marchena.

Tras el plazo otorgado por el magistrado para el traslado, según el cual en la semana del 28 de enero deben estar a disposición del Supremo, hace que la posible fecha para el inicio del juicio se suponga para esa semana. Si la idea es concentrar la vista los martes, miércoles y jueves a jornada completa, tal y como publicó La Vanguardia, el inicio podría establecerse para el martes 29 de enero o el siguiente, el 5 de febrero.

prohibición de indultos Alrededor de todo el proceso judicial contra los dirigentes independentistas siempre ha sobrevolado la posibilidad de un indulto del Gobierno si finalmente son condenados a penas altas por delitos de rebelión. A este respecto se pronunció ayer el abogado del expresident Carles Puigdemont, Jaume Alonso-Cuevillas, que criticó duramente que el PP haya propuesto prohibir la medida de gracia en las condenas por rebelión y sedición, precisamente los cargos que se les imputan a la mayor parte de los procesados. En opinión de Alonso-Cuevillas, no se debe legislar atendiendo a un “caso concreto” y lamentó que el próximo paso será poner “nombres y apellidos”.

Alonso-Cuevillas compareció ante la Comisión de Justicia del Congreso para dar su opinión sobre la reforma de la Ley de Indultos de 1870 en su condición de doctor en Derecho, ya que la Cámara Baja está estudiando si en la modificación legal es pertinente incluir delitos como el de rebelión o sedición como excepciones para la concesión de esta condición de gracia, tal y como ha propuesto el PP. - D.N.