PAMPLONA. El promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Ricardo Conde ha abierto un expediente disciplinario a dos de los magistrados que formaron parte del primer tribunal que condenó en la primavera de 2018 a los miembros de La Manada por un delito de abuso sexual, avanza este viernes el diario El Mundo. Se trata de los jueces de la Audiencia Provincial de Navarra Ricardo González, autor del polémico voto particular donde aseguró que la violación transcurrió en un "ambiente de jolgorio", y la magistrada Raquel Fernandino.

Según consta en el expediente disciplinario del Consejo ambos se enfrentan a ser sancionados por el órgano de gobierno de los jueces por desatención en el ejercicio de las competencias judiciales, retraso reiterado e injustificado e incumplimiento de los plazos procesales legalmente establecidos.

Los jueces investigados alegaron que, a raíz de la notificación de la sentencia de La Manada, se vieron inmersos en una "gravísima situación de continua preocupación, estrés y desazón" que afectó a su "ámbito profesional".

El magistrado Ricardo González fue el autor de un controvertido voto particular a favor de la absolución de El Prenda y sus compañeros de La Manada al apreciar que, en el portal de Pamplona donde transcurrió la violación, lo que hubo fue "un ambiente de jolgorio y regocijo entre todos ellos", incluida la víctima. El ex ministro de Justicia Rafael Catalá sostuvo entonces en una entrevista radiofónica que González tenía un "problema singular".

UNA SENTENCIA HISTÓRICA Llenó las calles de Pamplona y del Estado de indignación. Desencadenó iniciativas políticas para reformar el Código Penal. Y, sobre todo, dejó a la víctima sin la justicia que reclamaba. El 26 de abril de 2020 se cumplirán dos años de la publicación de la polémica sentencia que condenó a 9 de prisión a los cinco miembros de La Manada por un delito de abuso sexual y les absolvió de violación.

El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, con el aun más controvertido voto particular del magistrado Ricardo González que no vio delito alguno, no apreció ni violencia ni intimidación en los hechos ocurridos en la madrugada del 7 de julio de los Sanfermines de 2016, cuando una joven madrileña de 18 años denunció haber sufrido una violación múltiple en un portal por parte de cinco sevillanos: José Ángel Prenda, Jesús Escudero Domínguez, Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Ángel Boza Florido.

La decisión judicial, que el presidente José Francisco Cobo Sáenz leyó en una sala de vistas vacía del Palacio de Justicia de Pamplona fue inmediatamente cuestionada tanto en del ámbito judicial como en la esfera política y especialmente entre los colectivos y asociaciones feministas, que convocaron movilizaciones espontáneas en toda España, al grito del ya famoso No es no y Yo sí te creo.

Asimismo, a raíz de la sentencia, se puso encima de la mesa una posible reforma del Código Penal para cambiar la tipificación de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Su revisión, impulsada por el anterior Gobierno de Mariano Rajoy, fue encomendada a un grupo de expertos que propuso suprimir el "abuso" para considerar todo "agresión".

Los cinco miembros de La Manada, denominados así por un grupo de WhatsApp que compartían en el que comentaban sus fechorías, fueron condenados el 26 de abril de 2018 a nueve años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento, con el voto particular de uno de los tres magistrados, que concluyó que debían ser absueltos y que señaló que la joven denunciante y el grupo de hombres practicaron "actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo".

Sus argumentos fueron entonces muy cuestionados e incluso la Asociación de Mujeres Juristas Themis presentó una denuncia ante la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra el magistrado. Tanto el tono del voto particular como la sentencia por un delito de abuso sexual en vez de agresión, desató la polémica entre las feministas, que tacharon la sentencia de "indignante" y "retrógrada". "No es abuso, es violación", reivindicaron en las redes sociales. La controversia alcanzó su punto álgido con la puesta en libertad de los cinco condenados, el 22 de junio de 2018: 716 días después de abusar de la joven y grabarla durante los Sanfermines de 2016 en un portal, los cinco miembros de La Manada abandonaron las cárceles de Pamplona y Alcalá Meco y pisaron la calle en libertad tras pagar las fianzas de 6.000 euros acordadas por la Audiencia Provincial de Navarra.

El mismo tribunal que los había condenado a 9 años de prisión, y que había venido prorrogando su encarcelamiento durante la instrucción e incluso justo después del juicio, confiaba en que la indeseable fama que precedía a los jóvenes sevillanos fuera un impedimento para que reincidiesen o se fugasen. "Su localización sería una tarea que se nos antoja fácil y al alcance de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sin mayor esfuerzo", presumieron los magistrados Raquel Fernandino y Ricardo González en el auto de excarcelación, que contó con la discrepancia de José Francisco Cobo Sáenz, partidario de mantenerlos entre rejas.

RATIFICADA POR UN TSJN DIVIDIDO La sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, que fue recurrida por todas las partes, fue confirmada el 5 de diciembre por la instancia superior, es decir, por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN). En esta ocasión, la sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal contó con el voto particular de dos de los cinco magistrados, Joaquín Galve y Miguel Ángel Abárzuza, que sí apreciaron intimidación y se mostraron partidarios de condenar a los acusados a 14 años y tres meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual, en vez de abuso.

A la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie, la Fiscalía del alto tribunal presentó un recurso contra la sentencia emitida por el TSJN, solicitando que se condene a cada uno de los acusados a 18 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, así como a 10 años de libertad vigilada y a la prohibición de acercarse a la víctima durante 20 años.

EL TC RECHAZA EL RECURSO TRAS EL FALLO DEL SUPREMO El Tribunal Constitucional inadmitió de plano el recurso que presentaron los cinco miembros de La Manada condenados por la violación de los Sanfermines de 2016 al no haber justificado la especial trascendencia de su petición. Según la providencia, con fecha 25 de noviembre de 2019, el tribunal de garantías decidió no admitir a trámite al haber incurrido el recurso en el "defecto insubsanable de no haber satisfecho en modo alguno la carga consistente en justificar la especial trascendencia constitucional, lo que requiere una argumentación específica".

De este modo, los magistrados del Constitucional ni siquiera han entrado a estudiar el fondo del recurso que presentaron José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Boza y Alfonso Jesús Cabezuelo, después de que el Tribunal Supremo incrementara a 15 años la condena inicial de la Audiencia Provincial de Navarra.

A pesar de esta inadmisión, los miembros de La Manada ya han recurrido ante todas las instancias judiciales españolas, lo que les permite alegar ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Los cinco fueron condenados por la Audiencia Provincial de Navarra a nueve años de prisión por abuso sexual a una joven madrileña en los Sanfermines de 2016, pero en junio del año pasado el Tribunal Supremo revocó esta sentencia y elevó las condenas a 15 años al considerar que el delito que cometieron fue el de violación continuada con las agravantes específicas de trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas.

Al guardia civil Antonio Manuel Guerrero, el alto tribunal le condenó a dos años más de cárcel, un total de 17, como responsable del delito de robo con intimidación del teléfono móvil de la víctima. El Supremo sentenció que los cinco miembros de La Manada actuaron con "pleno conocimiento" de lo que estaban haciendo, "buscaron expresamente la situación, sin que la víctima tuviera conocimiento alguno" de lo que iba a suceder y que el silencio de la joven "sólo se puede interpretar como una negativa". Los magistrados consideran que lo que ocurrió la noche de Sanfermines de 2016 en Pamplona fue "una violación múltiple.

LEY DE LIBERTAD SEXUAL

Las tensiones en el seno del Gobierno han ensombrecido el primer gran paso de la ley de libertades sexuales, su llegada como anteproyecto al Consejo de Ministros en la semana del 8-M, que estaba llamada a ser un gesto con el movimiento feminista que gritó en las calles que "sólo sí es sí". La ministra de Igualdad, Irene Montero, llevó al Consejo de Ministros el anteproyecto de ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, que reformará el Código Penal para poner el consentimiento en el centro de la agresión sexual y acabar con la distinción entre abuso y violación, como exige el Convenio de Estambul.

Una reivindicación, la de que sólo sí es sí, que el movimiento feminista ha defendido con ahínco en las calles desde el caso de la violación grupal de La Manada. Precisamente para tener un gesto con ese movimiento feminista, el Gobierno reservó la semana del 8-M para darle el espaldarazo al anteproyecto, pero la precipitación y las presuntas discrepancias entre los dos partidos que componen el Ejecutivo le han robado protagonismo al contenido de una ley integral que aspira a cambiar el paradigma en torno a la libertad sexual y convertir a España en un referente.

Hasta última hora, el anteproyecto no estuvo cerrado con las aportaciones de los distintos ministerios y en la misma mañana en que se estudiaba el texto en el Consejo de Ministros, fuentes de Unidas Podemos destacaban que el ministerio de Justicia y la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, habían bloqueado con excusas técnicas la ley.