- Las nuevas sanciones para prevenir el contagio del coronavirus, que contemplan 300 euros por no usar mascarillas y 600 euros por hacer botellón, entrarán en vigor mañana viernes después de que hoy se publiquen en el Boletín Oficial de Navarra (BON). Solo la Policía Foral ha cursado 1.120 denuncias en los dos últimos meses, 900 por incumplimientos en materia de mascarillas y el resto por botellones o eventos equivalentes.

El Gobierno de Navarra aprobó ayer el Decreto Ley Foral que unifica y actualiza el régimen sancionador por incumplimiento de las medidas sanitarias, el cual recoge las sanciones que existían pero que se encontraban dispersas en varios textos legales, de forma que se clarifican y pormenorizan las infracciones en materia de salud pública y se dota de una mayor seguridad jurídica y conocimiento a la ciudadanía de las conductas punibles administrativamente, según explicó ayer en conferencia de prensa el vicepresidente Javier Remírez. El Decreto tipifica las infracciones en leves, con multas de entre 100 y 3.000 euros; graves, con sanciones de entre 3.001 y 60.000 euros; y muy graves, que se sancionarán con multas de entre 60.001 y 600.000 euros.

Remírez, que desveló que desde mediados de julio solo la Policía Foral ha puesto 1.120 denuncias, 910 por incumplimientos en materia de mascarillas y el resto por botellones o equivalentes, recalcó ayer que "no contemplamos a día de hoy un escenario de confinamiento" generalizado, aunque sí indicó que "acciones concretas, en espacios concretos, se podrían tomar en función de la situación". En esta situación enmarcó las nuevas medidas adoptadas por el Ejecutivo foral respecto a la covid-19 para "reducir el número de contagios" e ingresos.

El vicepresidente explicó en este sentido que con el nuevo Decreto, que entrará mañana viernes en vigor, la casuística de las sanciones, que no son nuevas, se ha adaptado para facilitar la comprensión de la ciudadanía en torno a los tres tipos de intensidad: muy graves, graves y leves, y unificar el criterios entre las fuerzas de seguridad. El objetivo final es hace cumplir las obligaciones cívicas y dirigirse a la minoría que las incumple para "conminarle y advertirle de que la actuación será contundente" por le riesgo que su conducta supone, en especial para las personas más vulnerables.

Así el Decreto incluye con infracciones leves el incumplimiento de la obligación de usar mascarilla o hacerlo de forma inadecuada, que se sancionará con un mínimo de 300 euros si la persona infractora no respeta la distancia de seguridad física de 1,5 metros, y la participación en 'botellones en la vía pública se multará con un mínimo de 600 euros. También se consideran faltas leves el incumplimiento de la distancia de seguridad por parte de los establecimientos u de los particulares en la vía y pública y lugares públicos abiertos o cerrados, así como superar el numero de personas establecido para los grupos en espacios públicos. Fumar en espacios púbicos cuando no se pueda respetar la distancia de dos metros, incumplir la cuarentena cuando se es contacto estrecho y se ha dado negativo o una orden de confinamiento son asimismo infracciones leves.

Como graves están clasificadas el incumplimiento de los límites de aforo permitido, la convocatoria de actos o reuniones, incluidos los convocados a través de redes sociales, cuando de la misma pudiera deducirse la intencionalidad de vulnerar las normas sanitarias, y la apertura de locales, celebración de actos o realización de actividades que hayan sido expresamente prohibidas o suspendidas.

Otras faltas graves son el incumplimiento del aislamiento domiciliario en casos positivos de covid-19, el incumplimiento del horario especial de apertura y cierre para establecimientos y actividades, la resistencia a dar datos o dar información inexacta en comprobaciones e inspecciones sobre la covid-19 y la participación en botellones o similares que supongan grave riesgo para la salud de la población. Por último se considerarán faltas muy graves aquellas de las descritas cuando puedan producir un daño o riesgo muy grave para la salud de la población.

El Decreto especifica además las personas o entidades responsables de las infracciones, que en el caso de las "bajeras de ocio", "pipotes" o similares serán las personas físicas que se encuentren ejerciendo la actividad ilícita, igual que en sociedades gastronómicas y "peñas". En el caso de convocatoria de actos o reuniones en los que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten las medidas sanitarias de prevención y ello suponga o pueda suponer un riesgo o daño grave para la salud de la población serán responsables las personas físicas o jurídicas que las realicen así como quienes contribuyan de manera efectiva a su difusión.